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Patinete eléctrico de alquiler o sharing de la empresa Lime.
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Patinete eléctrico de alquiler o sharing de la empresa Lime. (Foto: Kike Rincón)

Madrid pone coto a los patinetes eléctricos: deberán contar con licencia municipal

Por Javier López Macías
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jlopezmadridiarioes/6/6/18
martes 04 de septiembre de 2018, 07:44h
El Ayuntamiento de Madrid se ha propuesto acotar el mercado del sharing de los patinetes eléctricos y acabar con el limbo legal en el que se encuentran: en la nueva Ordenanza de Movilidad se prevé limitar su utilización a las calles de la zona 30 y exigir a las empresas que hagan negocio con ellos una licencia municipal.

A comienzos del mes de agosto, llegó a Madrid Lime. Bautizado como el Car2Go de los patinetes eléctricos -su modelo de negocio consiste en alquilarlos por minutos-, aterrizó en la ciudad capitalina sin ningún tipo de licencia municipal, al igual que en Barcelona o Valencia, donde ahora el alcalde Joan Ribó ha decidido retirarlos.

El motivo que ha expuesto el regidor ha sido el entorpecimiento del tráfico peatonal que éstos provocan, algo que también se puede ver en Madrid: se hace difícil caminar por Cibeles o Gran Vía sin ver uno aparcado o en movimiento.

Eso sí, de momento la administración dirigida por Manuela Carmena no será tan drástica como sus homólogos valencianos, aunque sí dificultarán en gran medida su uso, relegándolos casi a la inutilidad.

En el borrador de la nueva Ordenanza de Movilidad -que todavía no cuenta con las alegaciones pertinentes- que deberá ser ratificada por el Pleno previsiblemente en septiembre, el Ayuntamiento se cubre las espaldas en el pantanoso vacío legal que rige este vehículo en la actualidad.

En primer lugar, el Consistorio para controlar qué empresas utilizan suelo público de esta manera. Una vez aprobado el texto, todas las compañías que pretendan instalarse como Lime -incluida- deberán pedir una licencia municipal y cumplir unos estándares de calidad y seguridad que se fijarán en un futuro próximo.

Una vez cuenten con el ‘okey’ consistorial, podrán asentarse en la ciudad bajo las normas de la Ordenanza, que limita en gran parte su uso en el espacio público: los patinetes eléctricos tipo B (que alcanzan hasta 30 kilómetros por hora) solo podrán circular por ciclocalles (calle exclusiva o preferente para la circulación de bicicletas), carriles bici protegidos y por la calzada de calles residenciales integradas dentro de las llamadas zonas 30 en las que coexisten vehículos y peatones y no se puede sobrepasar esa velocidad.

En cuanto a los parques públicos, deberán circular por aquellos itinerarios en los que esté permitido el paso de bicicletas y, si son sendas compartidas con los peatones, se reducirá su velocidad a 5 kilómetros por hora. En el caso de las aceras, quedará totalmente prohibido que estos patinetes las transiten, al igual que los carriles bus.

Una instrucción de la DGT, única regla

Todas estas limitaciones chocan de frente con la libertad con la que actualmente cuentan este tipo de vehículos. Ahora, la única regulación que rige su uso es la 16/V-124 de la Dirección General de Tráfico, que lo único que indica es que los Vehículos de Movilidad Personal “podrán ubicarse físicamente en el ámbito de la calzada”. Eso sí, deja espacio a que la autoridad local lo legisle.

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