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ORDENANZA DE MOVILIDAD

Madrid regulará los vehículos de 'sharing' por primera vez
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(Foto: Ayto. de Madrid)

Madrid regulará los vehículos de 'sharing' por primera vez

Por MDO/E.P.
jueves 26 de julio de 2018, 18:18h
El Ayuntamiento de Madrid regulará la movilidad de vehículos compartidos en la ciudad y priorizará el equilibrio de todos los servicios disponibles por la totalidad del término municipal, ya que a día de hoy solo operan dentro del radio de la M-30. La medida viene recogida en el nuevo proyecto de ordenanza de Movilidad Sostenible, que incluye, además, que el Consistorio deberá tener acceso facilitado a la geolocalización de los vehículos.

El Ayuntamiento de Madrid regulará por primera vez la movilidad compartida, un fenómeno reciente conocido como Car Sharing o Moto Sharing que no está incluido en la ordenanza en vigor. La nueva Ordenanza de Movilidad, aprobada este jueves en Junta de Gobierno, incluye medidas para equilibrar territorialmente estos servicios promoviendo su disponibilidad en la totalidad del término municipal.

También limitará el número de vehículos en el espacio público por motivos de seguridad vial, ciudadana, protección del tránsito peatonal u otros debidamente justificados. Para ello, y dado el aprovechamiento especial del dominio público del que disfrutan los vehículos compartidos, sus titulares deberán facilitar al Ayuntamiento de Madrid la geolocalización de los vehículos interactuando con los sistemas tecnológicos de información municipal.

La nueva ordenanza de Movilidad Sostenible ha pasado este jueves por Junta de Gobierno tras estudiar las 1.057 alegaciones que se han presentado en el periodo de información pública despúes de su primera aprobación en el pasado mes de mayo. De estas, se han aprobado 267, algo más del 25 por ciento. El nuevo texto tendrá que ser ratificado por el Pleno municipal en septiembre.

En el caso de los sistemas de bicicleta compartida y de vehículos de movilidad urbana ligados a una actividad de explotación económica, no podrán ocupar más del 50 por ciento de las plazas existentes en una reserva de estacionamiento.

Para su implantación, necesitarán autorización que se concederá a través de concurso y tendrán que cumplir las condiciones de seguridad, estar homologados, tener mantenimiento y contar con seguros, entre otros requisitos. También deberán asegurar una redistribución de los vehículos en las zonas donde tengan autorizado el uso y deberán retirar los vehículos en mal estado.

Modificaciones en la circulación y el aparcamiento

En el nuevo texto se crea la posibilidad de declarar zonas de prioridad peatonal, donde quedará prohibido el estacionamiento de motos en las aceras.

Motos, ciclomotores, bicis, patinetes eléctricos y segways tendrán que aparcar en las reservas destinadas a estos vehículos y, si no las hubiera, podrán hacerlo en las aceras siempre que dejen más de tres metros de ancho libre.

Estos vehículos, además, no podrán estacionar en la acera cuando exista banda de aparcamiento en el caso de Madrid Central, medida que, como novedad, se extenderá al resto de distritos por aprobación de cada Pleno tras el análisis técnico sobre las posibilidades de aparcamiento para estos vehículos y, en su caso, cuando se habiliten reservas de estacionamiento.

En esta línea, se crea la obligación de dejar 5 metros de espacio libre tanto en acera como en calzada junto a los pasos de peatones que se habiliten o reformen, seguidos de reservas para motos en calzada, dado que suponen una menor barrera visual que los coches y, por lo tanto, mayor seguridad para los peatones.

Por otro lado, en materia de circulación, también se establece el límite de velocidad en 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido o de carril único y en 20 km/hora para zonas de plataforma única (calles de coexistencia). Con esta medida, el Ayuntamiento pretende contribuir a un "apaciguamiento general del tráfico, una mayor seguridad vial y beneficiará al peatón, que es el eje prioritario de esta ordenanza para garantizar una mayor convivencia vial", ha explicado la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, en rueda de prensa.

Giro a la derecha en rojo

En cuanto a las bicicletas, cabe destacar también que se incluye como novedad la posibilidad de giro a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizada. También se permitirá la circulación en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas con velocidad de 20 km/h o inferior) y ciclocalles, excepto cuando exista señalización que lo prohíba, y en la red viaria local cuando esté señalizada a tal efecto.

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