19/03/2017@17:38:00
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de diciembre de 2009. Si se quiere edificar por encima de tres plantas más ático, no podrá ser con carácter general, sino motivándolo de forma individual, edificio por edificio, con informe favorable de la Comisión Provincial de Urbanismo de Madrid. Fuentes municipales sostienen que la norma no es retroactiva si no que se aplica al momento del acuerdo.