El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo presentado por Más Madrid contra la decisión de la Asamblea de Madrid de tramitar por el procedimiento de lectura única la reforma de la Ley del Suelo de 2020, al considerar que esa vía privó a los diputados del derecho a presentar enmiendas y lesionó su derecho fundamental al ejercicio de la función representativa.
La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez Sancho, da la razón tanto al Grupo Parlamentario Más Madrid como a los veinte diputados que integraban la formación durante la XI Legislatura (2019-2021). El recurso se dirigía contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Cámara el 1 de octubre de 2020 para tramitar por lectura única el proyecto de ley que modificaba la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid con el objetivo de impulsar y reactivar la actividad urbanística.
En su sentencia, el alto tribunal concluye que la aplicación del artículo 167.2 del Reglamento de la Asamblea, vigente entonces, impidió a los grupos parlamentarios registrar enmiendas durante la tramitación de la norma, una limitación que vulneró el artículo 23.2 de la Constitución, que garantiza el ejercicio del cargo representativo en condiciones de igualdad.
El Constitucional recuerda que, conforme a su doctrina, el derecho de los parlamentarios a presentar enmiendas, ya sean parciales o a la totalidad, forma parte del núcleo esencial de la función legislativa y no puede ser suprimido mediante el procedimiento elegido para tramitar una iniciativa.
La resolución aplica el criterio fijado por el propio tribunal en la sentencia 22/2026, dictada el pasado 11 de marzo, en la que ya se analizó la eliminación del derecho de enmienda derivada de la normativa entonces vigente en la Asamblea de Madrid. En aquella ocasión, sin embargo, el recurso se dirigía contra una decisión de la Mesa de la Cámara, mientras que el asunto resuelto ahora cuestionaba directamente el acuerdo adoptado por el Pleno para tramitar el proyecto por lectura única.
El fallo precisa que la estimación del recurso no afecta a la validez de la Ley del Suelo finalmente aprobada ni supone un pronunciamiento sobre su constitucionalidad. Tampoco tiene consecuencias sobre el Reglamento de la Asamblea, que fue reformado en junio de 2025 para permitir la presentación de enmiendas también en los procedimientos de lectura única.