www.madridiario.es
Un agente forestal junto a su vehículo.
Ampliar
Un agente forestal junto a su vehículo. (Foto: CSIF)

Indignación de los agentes forestales por la nueva ley del Gobierno: “Pedimos la jubilación anticipada”

¿En qué consisten los proyectos de ley para bomberos forestales y agentes medioambientales?

viernes 15 de marzo de 2024, 07:30h
Actualizado: 20/03/2024 08:06h

Siempre que se acerca el verano y con él las altas temperaturas, el riesgo de incendios en los montes se incrementa. Además, debido a la emergencia climática, al abandono rural y la falta de gestión de las masas forestales, cada año la virulencia de estos es mayor y los trabajos de extinción son más complicados.

Tan solo el año pasado, el fuego quemó 89.068,33 hectáreas de superficie, según datos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) recogidos por este diario. A pesar de este problema, en la actualidad existen más de una decena de categorías diferentes para designar un bombero forestal y diversos protocolos de actuación, también existen diferencias en cuanto los agentes forestales de cada Comunidad Autónoma.

Con el fin de establecer un marco jurídico básico de bomberos forestales y agentes forestales y medioambientales, así como de asegurar unas condiciones laborales y profesionales equivalentes en todo el país, el pasado 5 de marzo, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, aprobó dos proyectos de ley. Los dos instrumentos normativos apuntalan - según el Gobierno - a su compromiso por la prevención y lucha contra los incendios, además del cuidado, defensa y protección del medio natural.

Sin embargo, esta tramitación de las Leyes Básicas para el Estatuto de Bomberos y Agentes Forestales, a pesar de buscar la garantía de que estos colectivos puedan desarrollar su ejercicio con “dignidad”, no está exenta de polémica. La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha mostrado su descontento tras comprobar que entre las propuestas del Gobierno no existe la posibilidad de anticipar la edad de jubilación de los agentes forestales, incluso cuando sus tareas implican altos riesgos laborales derivados de las funciones policiales y de la participación en los incendios forestales. Una medida que la ley sí que contempla en el caso de los bomberos forestales.

“Necesitamos que nos expliquen un poco este agravio comparativo con los bomberos forestales. (...) Al final en un incendio forestal los dos tienen unos riesgos importantes y graves y los agentes forestales tenemos esa doble dualidad en los riesgos que es, por un lado, actuamos en los incendios forestales y por otro como policía. Los bomberos y los policías tienen reconocidas la anticipación, nosotros no”, dice José María Bermúdez, agente forestal en la Comunidad de Madrid.

El agente forestal se sitúa “al lado” de los bomberos forestales en un incendio y corre el mismo peligro que ellos, aunque “es cierto que no cogen la manguera a la hora de extinguirlo”, pero es el encargado de “dirigir la extinción y hacer otras labores”. Por lo que no entienden esta diferencia entre agente y bombero forestal: “Nos van a dejar siendo los abuelillos, mientras que los bomberos se van a jubilar a los 61 años nosotros nos jubilaremos a los 65, lo que es un poco indignante”.

CSIF también solicita unas “facultades y seguridad jurídica adecuadas” para que los agentes forestales puedan “desarrollar y ejercer el carácter de policía administrativa especial y judicial medioambiental, desde una deseable cooperación recíproca con otros cuerpos, pero sin subordinación alguna”. “Nos gustaría que nos reconocieran a nivel estatal determinadas cuestiones para homogeneizar a los colectivos”, apunta Bermúdez.

¿En qué consiste el trabajo de un agente forestal?

Un agente forestal realiza funciones de vigilancia y control medio ambiental relativa a montes, caza, pesca, especies protegidas, calidad ambiental del entorno, censos de fauna y flora, cubicaje de madera, participa en labores de extinción e investigación de causas de incendios forestales.

Estos agentes pasaron de depender del antiguo ICONA (Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza) a las Comunidades Autónomas a partir de la descentralización administrativa que se produjo con la aprobación de la Ley 3/1989, de 21 de abril, de Protección de los Montes de Galicia y la Ley 2/1992, de 19 de marzo, Forestal de la Comunidad de Madrid. Estas leyes permitieron que las competencias en materia forestal pasarán de la administración central a las comunidades autónomas, incluyendo la gestión de los agentes forestales, quienes comenzaron a depender de las autoridades regionales en lugar del ICONA. Este proceso de descentralización se llevó a cabo gradualmente en las diferentes regiones de España.

En la actualidad, existen distintos cuerpos, escalas, especialidades en la estructura territorial, lo que se refleja en la existencia de distintos agentes forestales y medioambientales dependientes de diferentes administraciones públicas en el territorio nacional, como por ejemplo, los agentes medioambientales de la escala de organismos autónomos adscrita al MITECO o los dependiente a las comunidades autónomas.

Esto ha dado lugar al desarrollo de distintas regulaciones sobre este colectivo, formado por unos 6.000 profesionales. A pesar de que ya existía normativa estatal básica aplicable en materia de medioambiente, la divergencia existente en los modelos organizativos y funcionales hace necesaria la aprobación de un marco básico de los agentes forestales y medioambientales a nivel nacional.

Con la Ley Básica para el Estatuto de los Agentes Forestales, el Gobierno pretende “reforzar la consideración de los agente forestales y medioambientales como policía administrativa especial y policía judicial en sentido genérico, además de tener todos los efectos legales el carácter de agentes de la autoridad”. No obstante, Bermúdez considera que la nueva ley del Gobierno “casi les perjudica” más que les ayuda en su gestión, porque en Madrid existe una ley del cuerpo de agentes forestales “mucho más clara”, donde tienen definidas sus “potestades y funciones” de forma más completa: “Seguramente el Ministerio de Interior no quiere que quede tan claro como debería, no sabemos por qué. Tampoco queremos invadir competencias de nadie”.

“Necesitamos esa seguridad jurídica porque corremos muchos riesgos. Por ejemplo, cuando pedimos el DNI a un ciudadano en el monte, cuando paramos a un vehículo que va por un terreno forestal que no está permitido, cuando pedimos la documentación a un cazador o pescador… Tenemos que tener detrás un amparo legislativo suficiente, porque sino al final nos estamos jugando el puesto”, denuncia Bermúdez, que esperaba un “amparo administrativo” en la nueva ley estatal.

Aunque el cuerpo de agentes forestales sigue dependiendo de cada comunidad autónoma, este cuerpo busca una ley que “enumere las determinadas cuestiones” que realizan, así como una imagen institucional que “sea reconocible” para “evitar conflictos”. Además, quieren que los vehículos sean considerados policiales porque “lo son”, pero en la redacción del proyecto de ley “da a entender que pudieran ser no policiales”.

La nueva ley tampoco da la posibilidad de que estos agentes de la autoridad porten armas, sin embargo, en comunidades autónomas como Cataluña, los agentes forestales pueden llevar armas. Por todo ello, piden un “contexto legal suficiente para poder desarrollar las funciones de policía, administrativa, especial, medioambiental y judicial”. “El malestar general es importante, a pesar de que la ley mejora las condiciones en otras comunidades autónomas. Nos vamos a mover, por lo menos en Madrid, para que esta ley tenga en cuenta nuestras demandas”, apostilla Bermúdez.

Por el momento, CSIF Madrid ha anunciado que iniciará la toma de contactos con los diferentes grupos parlamentarios para “seguir trabajando en el texto de cara a su futura tramitación en la Comisión de Medio Ambiente, periodo de enmiendas y resolución de las mismas” y recoger así las demandas de los agentes forestales. Por el momento, CSIF Madrid se reunirá con este colectivo este viernes con el objetivo de "informar y valorar" la situación.

Bermúdez, agente forestal de Madrid, espera que dé tiempo de modificarlo antes de verano, aunque lo ve difícil por la “situación política actual”. Sin estas dos enmiendas, esta ley, que formaba parte del programa electoral del PSOE, "no serviría para nada" y prácticamente sería un fracaso”, según reconoce Bermúdez.

Desde CSIF advierten que - tanto la norma de bomberos forestales como de agentes - llega “muy tarde” al Congreso de los Diputados, teniendo en cuenta los “problemas de coordinación y el déficit que arrasa España a la hora de abordar la política medioambiental, luchar de manera eficaz contra los incendios forestales y dotar a ambos colectivos de las condiciones laborales óptimas para abordar su función”.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios