Jesús Pradales ha sido condenado este lunes a 14 años de prisión por la Audiencia Provincial de Madrid, debido al homicidio intencionado de Juana Canal, a quien asesinó durante una discusión en un piso de Ciudad Lineal en la madrugada del 23 de febrero de 2003.
Europa Press ha tenido acceso a la sentencia que declara al asesino confeso como responsable de un delito de homicidio, considerando la agravante de parentesco. El condenado deberá pagar una indemnización de 118.000 euros al hijo de la víctima y 22.000 euros a cada uno de sus hermanos.
Después de que el 26 de septiembre un jurado popular declarara a Jesús culpable del homicidio intencionado de su pareja en ese momento, la sentencia ha sido emitida, descartando así la posibilidad de que se tratara de una muerte accidental.
La tesis de la fiscal y del abogado de SOS Desaparecidos, Juan Manuel Medina, contaba con el respaldo de los miembros del tribunal del jurado, quienes sostenían que la fallecida no había muerto de manera accidental tras ser apartada por el acusado con el brazo para evitar un ataque.
La defensa argumentaba que se trataba de una muerte accidental y pedía la absolución, mientras que la fiscal y el abogado de la acusación particular solicitaban una pena de 15 años de prisión por un delito de homicidio doloso con la agravante de parentesco.
El tribunal subraya en la sentencia que "hay que tener en cuenta la gravedad del daño sufrido por los familiares, ligado a la experiencia de perder de forma abrupta una madre y hermana, resultando probado en el juicio que el hijo que convivía con ella tuvo que abandonar el domicilio por no poder hacer frente a los gastos de alquiler, y que incluso falleció sin tener noticia alguna de que había ocurrido con su madre".
Los magistrados han rechazado el atenuante de confesión, argumentando que "el acusado en modo alguno cumple ninguno de los presupuestos, ya que el mismo no acudió nunca ante la autoridad a manifestar lo que había hecho, y es sólo cuando se le detiene y ante las contundentes pruebas halladas en relación con los restos de quien había sido su pareja sentimental, cuando da una versión de lo sucedido, reconociendo únicamente haber descuartizado a Juana Canal".
Muerte accidental
Durante el juicio, el acusado afirmó que su expareja, con quien tuvo una relación de cinco meses, falleció de manera accidental en el apartamento que compartían en Ciudad Lineal. Esto ocurrió en la madrugada del 23 de febrero de 2003, cuando ella cayó al suelo tras ser apartada con el brazo para evitar que lo golpeara con los puños. Según su versión de los hechos, Juana se comportaba de manera más agresiva de lo habitual esa noche debido a su estado etílico.
En su exposición final, la fiscal enfatizó que la muerte de Juana no fue "accidental", sino que se trató del "resultado de una acción agresiva en la que Jesús asumía el riesgo" de tal desenlace.
"En 26 horas, la descuartiza, que no es fácil, conduce 170 kilómetros, cava dos hoyos, entierra los restos óseos, vuelve y deja la nota a Sergio, el hijo mayor de Juana, en la que le escribe que su madre ha tomado pastillas y se ha ido", detalló.