Por unanimidad, el jurado popular ha declarado a Jesús Pradales culpable de homicidio doloso en el juicio por el crimen de Juana Canal. Fuentes jurídicas han señalado que esto implica que se descarta la posibilidad de que la víctima falleciera de manera accidental en un piso ubicado en la calle Boldano durante la madrugada del 23 de febrero de 2003.
Así, la tesis de la fiscal y del abogado de SOS Desaparecidos, Juan Manuel Medina, recibe el apoyo de los miembros del tribunal del jurado, quienes argumentan que la fallecida no perdió la vida de manera accidental tras ser apartada con el brazo por el acusado para evitar una agresión.
Se solicita una pena de quince años de prisión por parte de la fiscal y el abogado de la acusación particular, argumentando un delito de homicidio doloso con la agravante de parentesco. Por otro lado, la defensa aboga por la absolución, sosteniendo que se trató de una muerte accidental.
El acusado sostiene que su expareja, con quien compartió cinco meses, falleció accidentalmente en el apartamento que ambos habitaban en Ciudad Lineal. Esto ocurrió la madrugada del 23 de febrero de 2003, cuando ella cayó al suelo tras ser apartada con el brazo para evitar que lo golpeara con los puños. De acuerdo con su versión, esa noche Juana mostraba un comportamiento más agresivo de lo habitual debido a los efectos del alcohol.
En la exposición final, la fiscal enfatizó que la muerte de Juana no se trató de un hecho "accidental", sino que fue el "resultado de una acción agresiva en la que Jesús asumía el riesgo" de dicho desenlace.
"Durante un periodo de 26 horas, se lleva a cabo la descuartización, un proceso complicado que implica recorrer 170 kilómetros, excavar dos fosas y enterrar los restos óseos. Luego, regresa y deja una nota para Sergio, el hijo mayor de Juana, en la que le informa que su madre ha tomado pastillas y se ha marchado", explicó.