www.madridiario.es
Avión despegando en Barajas
Avión despegando en Barajas

El TS rechaza que el ruido de Barajas lesione el derecho a la integridad física

Por MDO/E.P.
miércoles 28 de mayo de 2014, 17:52h
Actualizado: 28/05/2014 18:03h
El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión de varios vecinos de Ciudad Santo Domingo para que se les reconozca lesionado su derecho a la vida, integridad física y moral por la exposición al ruido por el sobrevuelo a baja altura de aeronaves que aterrizan o despegan del aeropuerto de Barajas.
Así consta en una sentencia, en la que se estima el recurso de los afectados contra la sentencia del TSJ de Madrid sobre el caso, porque hubo aspectos del recurso sobre los que no se pronunció. No obstante, al entrar a ver el fondo de la demanda, la desestima igualmente por los motivos recogidos en la resolución.

El Supremo señala que la incidencia del ruido en la salud de los recurrentes no alcanza los niveles de gravedad que son necesarios para que pueda tenerse por producida la lesión del derecho a la integridad física que les reconoce el artículo 15 de la Constitución.

Recalca que "las lesiones a la salud de las personas, además de vulnerar el derecho que todos tienen a su protección, pueden dar lugar a la infracción del derecho a la integridad física pero para ello es preciso que alcancen un nivel de gravedad suficiente".

El tribunal añade que toma su decisión con independencia de las pretensiones que puedan articular los recurrentes en defensa de su derecho a la protección de la salud, distinto al derecho fundamental a la integridad física y sobre el cual no puede pronunciarse en este procedimiento.

Más información:

TS declara no ejecutado el fallo del TSJM sobre el ruido de Barajas

Vecinos de Algete piden a AENA que cumpla la sentencia del TS

El TSJM da por cumplida la sentencia de AENA

Indemnizaciones de 6.000 euros a vecinos de Algete afectados por el ruido de Barajas

 

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios