La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica que aprobará este mes el Pleno del Ayuntamiento de Madrid prohibirá la instalación de actividades recreativas con música a una distancia inferior a 100 metros de centros sanitarios y de urgencias y residencias de mayores.
Según ha informado el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, en rueda de prensa, la Junta de Gobierno ha aprobado este miércoles el texto definitivo de la nueva ordenanza, que sancionará por primera vez, con multas de entre 300 y 600 euros, a quienes causen
molestias por ruido al practicar "botellón" en horario nocturno -de 23.00 a 7.00 horas-.
Esta normativa, que sustituye a la vigente desde 2004 y adapta la legislación estatal en esta materia, prohibirá expresamente también el desarrollo de eventos en la vía pública a una distancia inferior a 100 metros de los centros socio-sanitarios, como son centros de mayores, residencias, centros sanitarios y en centros docentes si el acto se desarrolla en horario escolar.
Contempla además la declaración de zonas de protección acústica especial y zonas acústicamente saturadas por ocio e incluye un catálogo de medidas concretas a aplicar como limitaciones a la implantación de nuevos establecimientos de ocio nocturno, horario de cierre anticipado, o mayor insonorización de locales, entre otras.
Asimismo, regula cuestiones tan diversas como las alarmas, el uso de megafonía en las calles, obras, carga y descarga de mercancías, recogidas de contenedores de residuos o fiestas particulares.