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Madrid prohíbe las actividades recreativas a menos 100 metros de hospitales

Madrid prohíbe las actividades recreativas a menos 100 metros de hospitales

Por MDO/Efe
miércoles 05 de enero de 2011, 00:00h
Actualizado: 06/01/2011 18:04h
La Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica que aprobará este mes el Pleno del Ayuntamiento de Madrid prohibirá la instalación de actividades recreativas con música a una distancia inferior a 100 metros de centros sanitarios y de urgencias y residencias de mayores.
Según ha informado el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, en rueda de prensa, la Junta de Gobierno ha aprobado este miércoles el texto definitivo de la nueva ordenanza, que sancionará por primera vez, con multas de entre 300 y 600 euros, a quienes causen molestias por ruido al practicar "botellón" en horario nocturno -de 23.00 a 7.00 horas-.

Esta normativa, que sustituye a la vigente desde 2004 y adapta la legislación estatal en esta materia, prohibirá expresamente también el desarrollo de eventos en la vía pública a una distancia inferior a 100 metros de los centros socio-sanitarios, como son centros de mayores, residencias, centros sanitarios y en centros docentes si el acto se desarrolla en horario escolar.

Contempla además la declaración de zonas de protección acústica especial y zonas acústicamente saturadas por ocio e incluye un catálogo de medidas concretas a aplicar como limitaciones a la implantación de nuevos establecimientos de ocio nocturno, horario de cierre anticipado, o mayor insonorización de locales, entre otras.

Asimismo, regula cuestiones tan diversas como las alarmas, el uso de megafonía en las calles, obras, carga y descarga de mercancías, recogidas de contenedores de residuos o fiestas particulares.
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