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Imagen de archivo: El general de División de la Guardia Civil Fernando Mora junto al delegado del Gobierno, Francisco Martín (2025)
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Imagen de archivo: El general de División de la Guardia Civil Fernando Mora junto al delegado del Gobierno, Francisco Martín (2025) (Foto: Marta Fernández / Europa Press)

El Supremo archiva la denuncia de un general de la Guardia Civil por la orden de no asistir al Dos de Mayo de 2025

miércoles 22 de julio de 2026, 12:25h

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha archivado la denuncia presentada por el general de División de la Guardia Civil en la reserva Fernando Mora contra un superior por la orden que recibió de no asistir a los actos del Dos de Mayo de 2025, presididos por la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En un auto fechado el pasado 21 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal descarta que el teniente general Luis del Castillo incurriera en los presuntos delitos de abuso de autoridad, trato degradante y humillante, amenazas, coacciones, injurias o calumnias que le atribuía el denunciante.

La resolución señala que fue el propio Fernando Mora quien telefoneó a su superior y decidió grabar la conversación utilizando el teléfono de su esposa. En esa llamada, según recoge el auto, quedó registrado el empleo de un "vocabulario y expresiones fuera de todo lugar".

Hechos denunciados pasado un año

Los magistrados también destacan el tiempo transcurrido entre los hechos y la presentación de la denuncia. "Llama la atención a esta Sala que unos hechos que sucedieron el 30 de abril de 2025 no se denuncien hasta pasado más de un año, el 22 de junio de 2026", indican.

El Supremo considera que lo sucedido se limitó a un "cruce de mensajes" por WhatsApp originado después de que Mora manifestara que no tenía motivos para excusarse y dejar de asistir a la celebración del Día de la Comunidad de Madrid.

A juicio del tribunal, el teniente general "se limitó a comunicarle lo que le habían ordenado", por lo que no aprecia conducta delictiva alguna. En cambio, sostiene que la llamada realizada por el denunciante "se puede considerar inadecuada, impertinente e irrespetuosa", al cuestionar la decisión del Ministerio del Interior de impedir su asistencia al acto institucional.

El auto reconoce que algunas de las expresiones empleadas por el mando denunciado podían calificarse de "groseras, chabacanas y soeces", aunque entiende que se produjeron en un contexto de confianza y familiaridad entre ambos compañeros, sin relevancia penal.

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