La modificación del Reglamento de Sanidad Mortuoria incluye, por otro lado, la prestación del servicio de tanatopraxia por parte de los profesionales habilitados para realizar dichas prácticas de embalsamamiento y conservación temporal de cadáveres. En la tramitación de esta iniciativa han participado las principales asociaciones del sector y los colegios profesionales.
Más de 6.500 autorizaciones de traslados
La Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad ejerce las funciones derivadas del Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid, y en particular las siguientes funciones:
-La inspección y control de actividades o servicios relacionados con el traslado, exposición, depósito, inhumación, cremación o exhumación de cadáveres o restos humanos, así como con las prácticas sanitarias sobre los mismos.
-La adopción de las medidas necesarias para la protección de la salud pública en los supuestos en los que se aprecie un riesgo sanitario y el ejercicio de la autoridad sanitaria en esta materia.
-La concesión de las autorizaciones sanitarias en los supuestos previstos en la normativa, como para el traslado o la exhumación de cadáveres o de restos humanos, así como para la exposición pública de un cadáver. En el pasado año se emitieron 6.602 autorizaciones sanitarias para los traslados de cadáveres clasificados en el grupo II, fuera de la Comunidad de Madrid. En nuestra región se registraron en 2017, según datos del Instituto Nacional de Estadística, un total de 47.069 fallecimientos por todas las causas.
-La gestión de Registro de Empresas, Instalaciones y Servicios Funerarios de la Comunidad de Madrid, así como del registro de actividades de las empresas funerarias y su coordinación con los registros existentes en otras Comunidades Autónomas. Actualmente existen 40 empresas funerarias autorizadas radicadas en la Comunidad de Madrid.
-La emisión de informes sanitarios de los proyectos de instalación o ampliación de cementerios y cuantos informes se prevean en esta materia. La Comunidad de Madrid cuenta con 329 cementerios y 22 crematorios. La supervisión de los medios materiales y productos sanitarios para la prestación de servicios funerarios.
-Y, por último, la cooperación, coordinación y colaboración en materia de sanidad mortuoria con otras administraciones públicas, organizaciones empresariales, entidades, empresas o particulares, con el objetivo de prevención de la salud pública.