Éste no aplicó "el régimen disciplinario legalmente establecido al alumno que estaba cometiendo actos de acoso contra otra alumna del centro ni las medidas de corrección adecuadas destinadas a conseguir que los actos de acoso escolar se interrumpieran". "El director del centro conoció a mediados de marzo de este año que se estaba produciendo un grave caso de acoso escolar en el que estaban implicados dos alumnos de su centro" pero "no aplicó con la necesaria contundencia los instrumentos que le ofrecía el ordenamiento jurídico para resolver este grave conflicto de convivencia".
Además, según indica la resolución, el director cometió una segunda infracción "por el incumplimiento de las normas de convivencia establecidas en el Decreto I5/20O7, de 19 de abril, derechos y garantías establecidas para la salvaguarda del derecho constitucional a no sufrir indefensión" de los alumnos.