Este miércoles entra finalmente en vigor la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del distrito Centro tras la publicación este martes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la comunidad de Madrid.
De esta forma, queda prohibido el acceso de los vehículos con clasificación ambiental A (vehículos que carecen del distintivo de la Dirección General de Tráfico- DGT - porque funcionan con motores diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina previos al año 2000). Se mantiene la prohibición de atravesar la zona a los vehículos con clasificación ambiental B y C, aunque podrán entrar si estacionan en un aparcamiento de uso público o privado.
Esta zona de bajas emisiones en Centro se pone en marcha en fase de aviso durante dos meses para el control telemático desde que el sistema de cámaras esté operativo. El Ayuntamiento de Madrid no emitirá sanción a los vehículos que hayan sido captados de manera telemática cometiendo una infracción, sino que se enviará una comunicación de carácter meramente informativo a los titulares de los vehículos detectados. En la carta se les especificará las razones que han motivado la regulación de la ZBEDEP, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantía de la sanción.
El acceso no permitido a esta zona constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionado conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago.
Durante ese periodo de transición, los conductores no están exentos de poder ser sancionados a través de agentes de la autoridad por incumplimiento de la ordenanza. De hecho, desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad se ha establecido un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la ordenanza. Los efectivos se situarán en 15 puestos del distrito de Centro.
Comerciantes y reisdentes
La nueva ZBE incorpora una novedad, y es que equipara el tratamiento de comerciantes y residentes para el acceso y circulación por el interior de la ZBE de Centro. Por ajustes informáticos, la entrada y circulación de los turismos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior del distrito Centro o se desarrolle en los mercadillos municipales situados en dicha ZBEDEP y los de las personas invitadas por estos no entrará en vigor hasta dentro de tres meses, es decir, el próximo 22 de diciembre.
De esta forma, las personas empadronadas con vehículos fuera de Madrid pierden su permiso de acceso, entran en vigor nuevos horarios más restrictivos para los vehículos de empresas de profesionales que presten servicios o entreguen y recojan suministros en la ZBEDEP Distrito Centro (Disposición Transitoria Tercera. 4 de la OMS) y los talleres ubicados en la ZBEDEP Distrito Centro ya no podrán autorizar el acceso a los vehículos A.
En el caso de las motocicletas, las variaciones también les afectan a ellos, ya que podrán acceder hasta las 22:00 p.m.
Además, existen otros criterios de acceso a la zona que prevén determinadas excepciones que afectan a residentes, empresas y autónomos, personas con movilidad reducida, servicios públicos, transporte de alumnado a centros educativos y otros colectivos y supuestos.
Se mantiene el mismo perímetro
Esta nueva ZBEDEP comprende casi todo el distrito, donde se encuentran los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol. Su perímetro queda por las siguientes vías: calle Alberto Aguilera, glorieta de Ruiz Jiménez, calle Carranza, glorieta de Bilbao, calle Sagasta, plaza de Alonso Martínez, calle Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, ronda de Segovia, cuesta de la Vega, calle Mayor, calle Bailén, plaza de España, (lateral continuación de la cuesta de San Vicente), calle Princesa y calle Serrano Jover. La circulación para todo tipo de vehículos está permitida en estas vías, pero no en su interior.
También se pueden cruzar las siguientes calles sin ser sancionado: Santa Cruz de Marcenado (de calle Serrano Jover a calle Mártires de Alcalá); Mártires de Alcalá; Seminario de Nobles; avenida Gran Vía de San Francisco; Bailén; Algeciras; cuesta Ramón; calle Ventura Rodríguez (de calle Princesa a calle Duque de Liria), y Duque de Liria (de calle Ventura Rodríguez a calle Princesa).
La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible establece la creación de tres zonas de bajas emisiones mediante control de cámaras. Por un lado, en su artículo 22, establece la figura de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro y Plaza Elíptica, dos ámbitos territoriales que presentan problemas agravados de contaminación medioambiental. La primera comienza mañana a funcionar y Plaza Elíptica, que restringe el acceso y circulación exclusivamente a los vehículos A, lo hará a finales de año.
Además, la normativa municipal regula en su artículo 21 'Madrid Zona de bajas Emisiones', que irá restringiendo el acceso y circulación a los vehículos A de manera progresiva desde el 1 de enero de 2022 hasta el 1 de enero 2025.