El Ministerio de Igualdad ha explicado que el acta notarial presentada por el candidato a la Policía Local de Torrelodones, que se declaró mujer trans en el proceso de acceso al Cuerpo para medirse en las pruebas físicas según los baremos femeninos, se ampara en la Ley Trans de la Comunidad de Madrid. Y, en este sentido, ha señalado que la estatal es clara y solo determina como única forma de acceder al cambio de sexo la vía de la doble comparecencia.
En concreto, la norma estatal obliga a que la persona que solicita el cambio en el Registro Civil a comparecer una segunda ocasión para confirmar su petición, con un periodo máximo de tres meses entre la primera y la segunda comparecencia. Además, el Registro Civil tendrá un plazo máximo de un mes para dictar una resolución antes de finalizar el cambio registral.
Este aspirante inició el proceso de acceso a la Policía Local en enero como varón y así superó la prueba de conocimientos. Pero en una segunda fase de pruebas físicas presentó un acta notarial donde indicaba que era una mujer transexual y, por lo tanto, debía realizar las pruebas físicas acorde a los baremos físicos femeninos, sin que certificara la inscripción de su cambio de sexo en el Registro Civil.
Ante esta situación, la Comunidad de Madrid ha reclamado un informe a Igualdad sobre cómo actuar en un caso así y "dicte criterio". Según explica el Ejecutivo de Ayuso, las bases generales de selección de personal responden a una normativa estatal. Desde el departamento que dirige Irene Montero han señalado que el acta notarial del candidato a Policía Local de Torrelodones se refiere a la Ley Trans autonómica.
En esta se recoge como objeto de la ley el "proteger el ejercicio efectivo de la libertad" de las personas trans "sin discriminación en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social" y, "especialmente" en esferas como el empleo, entre otras.
Además, apunta que "ninguna persona será objeto de requerimiento alguno de pruebas de realización total o parcial de cirugías genitales, tratamientos hormonales o pruebas psiquiátricas, psicológicas o tratamientos médicos para hacer uso de su derecho a la identidad de género o acceder a los servicios o a la documentación acorde a su identidad de género sentida en las administraciones públicas o entidades privadas de Madrid".
Desde la Comunidad de Madrid, el consejero de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Enrique López, ha aclarado que la regulación sobre cambio de sexo es estatal y ha pedido al Ministerio de Igualdad que "no se escude" en la legislación autonómica que, además, recalca, "va a ser reformada".
López ha insistido en que el problema generado con el proceso en Torrelodones viene generado por la Ley Trans estatal, ya que el Estado "es el único que tiene competencia para regular el cambio de sexo o género en el Registro Civil", y no "una comunidad autónoma".
En cuanto a la norma estatal, el titular de Presidencia, Justicia e Interior ha reiterado que "es una ley que tiene que ser cambiada cuanto antes", en tanto en cuanto buscando la igualdad de las personas 'trans' "lo que está es generando una gran desigualdad de nuevo entre el hombre y la mujer".