El Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto del modelo laboral de 'riders' de empresas como Glovo y ha confirmado que se trata de falsos autónomos ya "exite relación laboral" entre el repartidor y la compañía. El Supremo pretende unificar la doctrina respecto a los repartidores o 'riders' de plataformas digitales, después de que Inspección de Trabajo haya concluido en diversas ocasiones que estos 'riders' deberían estar contratados laboralmente.
Importante sentencia del Tribunal Supremo respecto a los 'riders'. El Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha declarado que la relación existente entre un repartidor (‘rider’) y la empresa Glovo tiene naturaleza laboral.
El Tribunal ha estimado el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante, argumentando que "concurren las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad".
El Supremo sostiene que Glovo no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores.
"Es una empresa que presta servicios de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de dicho servicio. Y es titular de los activos esenciales para la realización de la actividad. Para ello se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, los cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador", reza el comunicado del Tribunal Supremo.
Respecto al segundo recurso de casación, el Supremo ha decidido desestimarlo por "incumplimiento de requisitos formales", según señalan los magistrados en la nota.
Los 'raiders' piden que el Gobierno regule
La Asociación Profesional de Riders Autónomos (APRA) considera que cualquier ordenación del sector del 'delivery' debe contar con la aportación de los repartidores, y entiende que los tribunales "no tienen que estar definiendo la forma en que trabajamos".
Para APRA, una sentencia como la del Tribunal Supremo añade aún más complejidad a la ordenación de una actividad que es "fundamental" para el colectivo de los repartidores. "Desde nuestra experiencia, el hecho que se pretenda encuadrarnos en una relación laboral no significa mejorar nuestra situación profesional ni aumentar nuestros ingresos, más bien lo contrario", aseveran los 'riders' tras conocer la resolución del Supremo.
Esta asociación considera que debería ser el Gobierno quien debería definir este asunto con una regulación que tenga en cuenta su situación y peticiones para continuar siendo autónomos, y dando más fácil acceso a las protecciones y beneficios necesarios.