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MENORES DE HORTALEZA

Los menores llegaron a Pozuelo procedentes del Centro de Primera Acogida de Hortaleza.
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Los menores llegaron a Pozuelo procedentes del Centro de Primera Acogida de Hortaleza. (Foto: Javier Bernardo)

Un juez suspende de urgencia la orden de Pozuelo de cerrar el piso al que se trasladó a los MENAS de Hortaleza

Por MDO/E.P.
miércoles 12 de diciembre de 2018, 13:39h
Un juzgado ha suspendido con carácter urgente la orden del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón de cesar la actividad del piso del municipio al que la Comunidad de Madrid trasladó a los MENAS del centro de Hortaleza, que se encontraba en situación de sobreocupación. La alcaldesa de la localidad, Susana Pérez Quislant, ha anunciado que el Consistorio no clausurará la vivienda "de momento", pero "sigue adelante con el proceso".

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 29 de Madrid ha acordado suspender con carácter urgente la decisión del Ayuntamiento de Pozuelo de ordenar el cese de actividad de un piso tutelado para menores extranjeros no acompañados (MENAS) al que fueron trasladados desde el sobreocupado centro de Hortaleza.

Así consta en un auto en el que el juez accede a las medidas cautelares reclamadas con carácter urgente por la Fundación Samu, que gestiona el citado inmueble, contra la resolución dictada el pasado 26 de noviembre por la Gerencia Municipal de Urbanismo de Pozuelo.

El pasado noviembre, el Ayuntamiento comunicó a la citada fundación el cese de la actividad al no cumplir con la normativa. En el informe urbanístico, se recogía que la actividad ejercida se incluye en el uso "Equipamiento de la Clase dotacional, de la categoría salud y Bienestar Social del vigente Plan General de Ordenación urbana", "no estando dicho uso" entre los recogidos como compatibles en las edificaciones de la zona.

La alcaldesa de Pozuelo de Alarcón, Susana Pérez Quislant, ha anunciado que el Consistorio no clausurará "de momento" el piso tutelado para MENAS en el municipio, pero que "seguirá adelante en el proceso" porque el centro "no puede instalarse en un lugar que incumple la normativa municipal".

"La alcaldesa asegura que el Consistorio, siguiendo la orden del juez, no clausurará la actividad de manera provisional, pero seguirá adelante en el proceso porque el centro no puede instalarse en un lugar que incumple la normativa municipal", recoge el comunicado.

Según el Ayuntamiento, la Fundación SAMU, que "cuenta con la autorización" de la Comunidad de Madrid para "gestionar el centro de menores no acompañados de Pozuelo", ha solicitado al juez que "impida de manera provisional que el Ayuntamiento clausure la actividad" por "el incumplimiento de la normativa de uso de la vivienda que ha denunciado el Consistorio hasta que se estudie el fondo del asunto".

El Ayuntamiento no clausurará el piso "de momento"

La alcaldesa ha insistido en que el Ayuntamiento "de momento no va a clausurar la actividad por indicación del juzgado", pero "sigue adelante con el proceso", ya que la medida judicial "es provisional" y "el centro de menores", según el informe realizado por los propios técnicos municipales, no puede instalarse en un inmueble "que sólo puede destinarse a local comercial o despacho profesional vinculado a la vivienda".

"Los vecinos de Pozuelo donde está implantado este centro interpusieron hace días dos denuncias, una contra la Comunidad de Madrid y otra contra la Fundación, ya que entienden que la vivienda no cuenta con las medidas de seguridad pertinentes, dada la característica de destino doméstico que tienen los inmuebles", recoge el comunicado.

Sobre el piso, la alcaldesa del municipio ya había mostrado su "sorpresa" y "preocupación" al haber tenido conocimiento del traslado de los menores a través de los vecinos. Y se quejó de que "ni la Comunidad ni la entidad encargada" de los jóvenes había comunicado al Ayuntamiento el uso que se pretende dar a la vivienda.

Ahora, el juez acuerda suspender esta orden "visto el breve plazo señalado en la propia resolución impugnada para proceder a la clausura de la actividad. Así, considera "procedente" acceder a la medida cautelar urgente, "visto que dicha clausura puede producirse en fechas inmediatas, y hallarse en juego en principio una actividad de carácter social".

En la parte dispositiva, se concede al Ayuntamiento el plazo de tres días para que alegue lo que estime oportuno sobre el mantenimiento modificación o levantamiento de dicha medida. En otra resolución, el juez da un plazo de veinte días al Consistorio para que remita el expediente administrativo original o fotocopia, acompañado de u índice de documentos que lo contengan.

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