El TSJM ha rechazado el recurso del Consistorio madrileño contra la medida cautelar que obligaba a suspender el plan urbanístico municipal para los Desarrollos del Sureste. En este, la Alcaldía rebajaba a 53.000 el número de viviendas que podrían construirse, la mitad de las previstas inicialmente.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso formulado por el Ayuntamiento de Madrid contra el auto que accedió en julio de 2018 a la medida cautelar solicitada por una mercantil de suspender la ejecución del acuerdo por el que se aprobaba el Plan Director de la Nueva Estrategia de Desarrollo del Sureste.
Así consta en un auto en el que se rechaza la impugnación del Consistorio madrileño contra el citado auto, dictado el 17 de julio de 2018. Y señala que procede la condena en costas de la recurrida que ha visto "rechazada sus pretensiones, sin que concurra motivo para su imposición, fijándose las mismas en cuantía total de 100 euros".
En la resolución los magistrados concluyen que "la medida cautelar adoptada se ha ajustado a una correcta aplicación del artículo y concordantes de la LJCA -Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa-, por lo que el recurso de reposición se ha de desestimar".
El pasado julio, el Alto Tribunal madrileño decretó la suspensión cautelar del plan director para la nueva estrategia de los desarrollos urbanísticos del sureste de la capital impulsada por el Ayuntamiento.
De este modo, accedía a la solicitud planteada por las Juntas de Compensación de Valdecarros, Los Cerros y Los Berrocales. Estas Juntas de Compensación consideran en su recurso que el citado plan director "amenaza" los derechos urbanísticos de los propietarios, al estimar que sus directrices contravienen el ordenamiento urbanístico vigente (el PGOU) e "imposibilitan su ejecución".