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Damas Apostólicas del Sagrado Corazón en el Paseo de la Habana
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Damas Apostólicas del Sagrado Corazón en el Paseo de la Habana (Foto: Madrid, Ciudadanía y Patrimonio)

La Fiscalía investigará el derribo del convento de las Damas Apostólicas

Por MDO/E.P.
lunes 03 de julio de 2017, 14:00h
La Fiscalía de Medio Ambiente busca esclarecer si el convento de las Damas Apostólicas sufrió daños durante su derribo parcial hace dos semanas. Con la entrada en vigor de la ley de Patrimonio Histórico, el convento estaba considerado Bien de Interés Patrimonial.

La Fiscalía de Medio Ambiente ha abierto una investigación para esclarecer cómo se llevó a cabo el derribo parcial del convento de las Damas Apostólicas del Sagrado Corazón y los posibles daños causados al edificio.

Una denuncia vecinal es el apoyo principal para la denuncia de las diligencias. A finales de junio, la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid paralizó la demolición del Convento, un derribo que había sido autorizado por el Ayuntamiento de Madrid.

El Consistorio explicó entonces que la iniciativa del derribo partía del dueño del edificio, Global Alchiva SL, recordando que dicha demolición se autorizó mediante una declaración responsable en 2011, cuando Alberto Ruiz-Gallardón (PP) era el alcalde de la capital.

El edificio está protegido por ley

El edificio es del arquitecto Críspulo Moro Cabeza, de 1929, y está amparado por la disposición transitoria primera de la ley de Patrimonio de la Comunidad.

Por su parte, la Comunidad elevó en 2011 una consulta vinculante al Ayuntamiento de Madrid para conocer el grado de protección del convento, ya que al no estar incluido en el Catalogo de Elementos Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM), se autorizaba su demolición por parte del Consistorio.

La Ley 3/2013, del 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid señala en la Disposición Transitoria Primera que los Ayuntamientos "deberán completar o formar sus catálogos de bienes y espacios protegidos en el plazo máximo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley".

Y, "hasta que se produzca la aprobación de dichos catálogos, quedarán sujetos al régimen de protección previsto para los Bienes de Interés Patrimonial los conventos construidos antes de 1936" entre otros inmuebles singulares.

Por tanto, desde la entrada en vigor de la nueva Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid en el 2013, este Convento tiene la consideración a todos los efectos de intervención y de protección, de Bien de Interés Patrimonial.

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