¿Qué días se cortará el tráfico?
El cierre se aplicará del 2 al 11 de diciembre, el fin de semana del 16 al 18 de diciembre, y del 23 de diciembre al 8 de enero de 2017. Fechas que se corresponden
con las de mayor afluencia de personas al centro para hacer compras o por motivos de ocio.
¿Cuáles son las zonas limitadas?
Se limitará durante las 24 horas del día el acceso a los vehículos de motor, con excepción de los autorizados al perímetro interior del Centro, vertebrado por la propia Gran Vía y delimitado por las siguientes calles los días en los que se van a poner en marcha las medidas:
- Gran Vía desde la Plaza de España hasta su confluencia con la calle Alcalá.
- Calle Atocha desde la Glorieta de Carlos V hasta la Plaza de las Provincias.
- Calle Mayor en ambos sentidos desde Bailén hasta la Puerta del Sol.
En el tramo la calle Segovia comprendido entre Ronda de Segovia y Puerta Cerrada se podrán efectuar restricciones durante las 24 horas del día a los vehículos de motor o simplemente cortes puntuales en función de la congestión del tráfico.

¿A qué vehículos no afecta la restricción del tráfico?
- Los de residentes en las calles de acceso restringido o titulares de plazas de aparcamiento en las mismas.
- Los que salgan de un garaje situado en la zona o se dirijan a él y los que salgan de una zona de estacionamiento autorizado.
- Los que recojan o lleven a un inmueble de la zona a personas enfermas o que tengan reconocida la condición de movilidad reducida.
- Los de servicios de extinción de incendios, salvamento, policía, agentes de movilidad, ambulancias y sanitarios y en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos.
- Los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes, los del servicio Madrid City Tour, el autobús de la Navidad organizado por el Ayuntamiento de Madrid, y en general los de transporte público regular de viajeros.
- Los taxis.
- Las motos, ciclomotores, bicicletas y ciclos.
- Los vehículos que dispongan del distintivo o etiquetado “cero emisiones” establecido por la DGT y lo exhiban en lugar visible.
- Las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.
- Hoteles: los vehículos que accedan a hoteles y porten maletas o bultos pesados.
- Los vehículos destinados al transporte de detenidos, transporte funerario y grúas de remolque de vehículos.
En caso de querer acceder a un párking público que esté dentro de la zona restringida, ¿puede acceder?
Sí, las personas que salgan de un garaje situado en la zona o se dirijan a él y los que salgan de una zona de estacionamiento autorizado podrán acceder hasta completar aforo. En todo caso, el Ayuntamiento ruega que el acceso a los aparcamientos públicos de rotación se haga, en la medida de lo posible, a través de calles o rutas no incluidas en la restricción.
¿Cómo se informará a los ciudadanos de que un párking está completo?
A través de los carteles luminosos en los que se avisa de si están llenos o no los parkings. Además, la Policía Municipal y Agentes de Movilidad indicarán cuando sea necesario que no se puede acceder a un parking porque está lleno.
¿Dónde van a estar los controles de acceso?
Se contará con un Dispositivo Especial de Policía Municipal y Agentes de Movilidad que establecerán controles de acceso y paso o circulación determinándose inicialmente en los siguientes puntos previos a las zonas restringidas que podrán ser ampliados, modificados o reducidos en función de las necesidades de regulación que puedan apreciarse:
- Plaza de España.
- Plaza de Cibeles.
- Plaza de la Independencia.
- Plaza de Cánovas del Castillo.
- Glorieta del Emperador Carlos V.
- Glorieta Puerta de Toledo.
- Plaza de San Francisco el Grande.
- Calle Mayor/Calle Bailén.
De igual modo, en su condición de agentes de la autoridad, podrán permitir el paso a aquellos vehículos que a su criterio puedan o deban acceder por razones de interés general o necesidad urgente inaplazable.
¿Se tendrá que llevar una documentación especial para acceder a la zona restringida?
No, los Policías Municipales y Agentes de Movilidad que realicen el control podrán solicitar, en todo caso, información sobre tales circunstancias (residencia, acceso a garaje, etc…) o la documentación que ya obre en su poder como la tarjeta de persona con movilidad reducida, el documento nacional de identidad con indicación de su domicilio, etc…”.
Se van a agrandar las aceras ¿cómo se va a señalizar?
La ampliación de aceras se señalizará con balizas.