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Oriol Junqueras en el juicio del 'procés'.
Oriol Junqueras en el juicio del 'procés'. (Foto: Pool oficial CGPJ / Tribunal Supremo)

Pena máxima para Junqueras: 13 años de cárcel

lunes 14 de octubre de 2019, 09:29h

Ya se ha conocido a primera hora de este lunes el contenido oficial de la sentencia oficial del 'procés'. Como ya era sabido desde la filtración del sábado 12, las condenas pasan por señalar a los principales acusados por los delitos de sedición y malversación de fondos públicos, descartando una condena por rebelión, que hubiera conllevado las penas mayores.

Quien se lleva la peor condena es el ex vicepresident de la Generalitat, Oriol Junqueras, quien ha sido condenado a 13 años de prisión por sedición y malversación y 13 de inhabilitación absoluta.

Además, el Tribunal Supremo ha condenado a Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa a las penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta, en los 4 casos por delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía.

Asimismo, ha condenado por el delito de sedición a Carme Forcadell a las penas de 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta; a Joaquim Forn y Josep Rull a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; y a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart a las penas de 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta.

En cuanto a los ex consellers Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó, han sido condenados cada uno de ellos como autores de un delito de desobediencia a las penas de 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial. No entrarán en prisión.

La sentencia absuelve a los acusados Joaquim Forn, Josep Rull, Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó del delito de malversación.

Los líderes del procés soberanista de 2017 han sido condenados por promover tumultos en la ciudadanía catalana y obstaculizar la aplicación de las leyes. Pero se ha descartado que se consumara una rebelión, al no mediar violencia o una declaración de independencia en esos momentos que se han juzgado. Hay que recordar que lo que se procesó judicialmente fue la convocatoria del referéndum del 1 de octubre, y no la confusa declaración de independencia en el Parlament catalán el 27 de octubre de ese año.

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