El estado de alarma de 15 días impuesto en la Comunidad de Madrid por el Gobierno central decae este sábado a las 16:47 horas. A partir de ese momento, entran en vigor las nuevas medidas establecidas por el Gobierno regional para contener la pandemia.
Las zonas básicas de salud vuelven a ser la referencia para la Consejería de Sanidad que impone restricciones en 32 de ellas con alta incidencia de coronavirus de 12 municipios a través de una orden que entrará en vigor el lunes. Aunque la mayor novedad afecta a toda la región, no solo a los residentes en estas áreas que verán restringida su movilidad.
A continuación detallamos lo que se puede y no se puede hacer en Madrid desde que este sábado se levante el estado de alarma:
-Quedan prohibidas las reuniones en toda la región en espacios públicos y privados desde la medianoche hasta las seis de la mañana, salvo con convivientes.
-La hostelería gana una hora más. No podrá abrir antes de las 6 horas y el cierre se alarga a las 00 horas, no pudiendo admitir clientes admitir desde las 23 horas.
-Se suspende el servicio en barra en bares y restaurantes. En cuanto a los aforos, se reduce al 50 por ciento en mesa y al 75 por ciento en terraza.
-Los salones de banquetes reducen su aforo al 50 por ciento.
-Los establecimientos comerciales no podrán iniciar la actividad antes de las 6 horas y deberán cerrar a las 22 horas, a excepción de los que presten servicios imprescindibles e inapalazables. El aforo permanece como hasta ahora, al 75 por ciento.
-Los cines, teatros y auditorios reducen su aforo al 50 por ciento, salvo las salas multiusos polivalentes que quedan al 40 por ciento. También deberán cerrar a medianoche.
-Las residencias y colegios mayores no pueden permanecer abiertos más allá de las doce de la noche.
-Las instalaciones deportivas al aire libre no podrán abrir antes de las 6 horas y deberán cerrar a las 00 horas.
-En gimnasios se reduce el aforo a un 50 por ciento y a grupos de seis personas.
-Los parques y jardines deberán cerrar también en el mismo horario, de doce de la noche a seis de la mañana.
-Los establecimientos de juegos y apuestas mantienen también esa restricción horaria y reducen el aforo a un 50 por ciento.
-En las instalaciones funerarias se reduce el aforo al 50 por ciento así como en los lugares de culto.
Medidas en zonas básicas de salud desde el lunes
La nueva orden de la Consejería de Sanidad que entra en vigor el lunes 26 va a afectar a 32 zonas básicas de salud donde se establecen las siguientes limitaciones:
-Están restringidas la entrada y salida de estas zonas salvo para "aquellos desplazamiento adecuadamente justificados". Entre otras acciones, se podrá asistir a centros sanitarios, al trabajo o a centros educativos, para el retorno al lugar de residencia habitual o la asistencia y cuidado a mayores, menores o dependientes.
-Estará permitida la circulación por carretera que transcurra o atraviese estas zonas en el caso que tenga origen y destino fuera del mismo.
-Se permiten la circulación de personas residentes dentro de estos ámbitos territoriales "siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva".
-Los establecimientos de restauración limitaran el aforo al 50 por ciento, en interior y exterior, y no está permitido el consumo en barra. Respecto al horario, no se podrá admitir clientes a partir de las 23 horas y tendrá como hora de cierre las 00 horas, al igual que en las medidas generales para toda la Comunidad. Las mesas igualmente deberán guardan la distancia de 1,5 metros respecto a las sillas asignadas y la ocupación será de seis personas por mesa. Estas limitaciones también se aplican en los locales de juego y apuestas.
-Los establecimientos comerciales no podrán superar el 50 por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre las 22 horas. Esto no se aplicará a los establecimientos esenciales, como los médicos y farmacéuticos.
-La asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y deberá garantizar en todo caso la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros así como el uso de mascarilla.
-La asistencia a velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire o 10 en espacios cerrados, "sean o no sean convivientes".
-La actividad que se realiza en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50 por ciento y podrá realizarse deporte en instalaciones interiores, al 50 por ciento del aforo, y en exteriores, del 60 por ciento.
Áreas sanitarias con restricciones en doce municipios de toda la región
En Madrid capital las áreas restringidas pertenecen a nueve distritos: son Núñez Morgado (distrito de Charmartín), Guzmán el Bueno (Chamberí), San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde); Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz); Puerta del Ángel (Latina); Virgen de Begoña (Fuencarral-El Pardo); e Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán).
En el resto de municipios de la región son Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba), Guadarrama (Guadarrama); Majadahonda (Majadahonda), San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón); San Blas y Pintores (Parla); Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo); zona básica de Morata de Tajuña (Morata de Tajuña); Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz). En la zona básica de Manzanares el Real, que afecta a distintos municipios, se establecen las restricciones solo en El Boalo; en la de Villarejo de Salvanés, que también incluye distintas localidades, las medidas son solo para el municipio de Villarejo de Salvanés; e igualmente en la zona básica de salud de Colmenar de Oreja, con varios municipios, las limitaciones se aplican a Colmenar de Oreja.