La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional falló el día 8 de noviembre a favor de Aena ante la denuncia de la Unión Sindical de Controladores Aéreos, referente a los ciclos de trabajo y descanso.
El conflicto jurídico procede de la introducción del laudo que cerró la negociación del segundo convenio colectivo del sector. Los controladores entendían ilegal y fuera de convenio el sistema de turnos de trabajo que establecía turnos de seis jornadas laborales y dos de descanso e interpusieron una denuncia exigiendo la reprogramación de dichos ciclos.
El juzgado ha dictaminado que Aena no ha incumplido el convenio colectivo de los controladores con esta reordenación laboral y reconoce el cumplimiento de los períodos de descanso sujetos a normativa.