De esta manera, el resto de ciclistas queda fuera de esta obligación para vías urbanas, como pedía el colectivo. En el resto de vías ya están obligados a usar el casco. Esta es una de las modificaciones recogidas en el anteproyecto de ley de seguridad vial, que ha presentado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. El futuro reglamento acabará por determinar si habrá alguna obligación adicional sobre el uso del casco.
Aumentan las sanciones por alcohol y drogas
Por la misma reforma de la Ley de Tráfico, el Gobierno ha aumentado las multas por conducir bebido, que pasan de 500 a 1.000 euros. La modificación de este precepto en la Ley diferencia de forma muy clara entre la sanción administrativa (que castiga la mera presencia de drogas en el organismo del conductor) y penal (que tipifica la influencia de las drogas en la conducción) recogida en el artículo 379.2 del Código Penal. También se explicita por primera vez en dicha ley que la detección de drogas se realizará a través de una prueba salival mediante dispositivo autorizado y posterior análisis de una muestra salival en cantidad suficiente.
Cuando los conductores y demás usuarios de la vía estén imkplicados en algún accidente de tráfico o hayan cometido infracción y se nieguen asometerse a las pruebas de detección de alcohol o presencia de drogas en el organismo se les multrará con 1.000 euros.
Detectores de radares, prohibidos
En relación con los límites de velocidad, la reforma de la Ley simplifica su redacción con objeto de que sea el Reglamento General de Circulación el que fije de forma concreta las velocidades máximas y mínimas que se establecen no sólo para las vías, sino también para los distintos tipos de conductores y para los distintos tipos de vehículos.
Lo que sí recoge el anexo IV de la Ley es la actualización de los tramos sancionadores y de detracción de puntos ante las posibles modificaciones de las velocidades. Otra de las novedades que se incluye en esta reforma de la Ley es el de la prohibición de los sistemas de detección de radares, mecanismos que se utilizan para eludir el cumplimiento de los límites de velocidad. Además, la prohibición se complementa con la pérdida de puntos.
El Anteproyecto de Ley también establece
la posibilidad de prohibir a los menores la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo en función de su talla, medida que deberá ser concretada posteriormente en el Reglamento General de Circulación. Esta modificación legal responde a la necesidad de que el futuro Reglamento General de Circulación se adapte a las disposiciones que va elaborando la Unión Europea en esta materia.
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