Una Sentencia anula los servicios mínimos de huelga en Getafe
Por MDO/E.P.
miércoles 13 de julio de 2011, 00:00h
Actualizado: 14/07/2011 09:49h
El Juzgado número 15 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha declarado nula la resolución de 7 de junio de 2010 del Ayuntamiento de Getafe por la que se fijaban los servicios mínimos de la jornada de huelga de los trabajadores de la función pública que tuvo lugar el 8 de junio de ese año.
El magistrado estima el recurso interpuesto por la coalición sindical independiente de trabajadores de Madrid (CSIT-Unión Profesional) y UGT contra la resolución en la que el Ayuntamiento establecía los servicios mínimos para la citada jornada.
En la resolución, el juez entiende que el Ayuntamiento de Getafe no cumple el requisito de motivación exigido por la ley ya que en la resolución "se acude a expresiones genéricas, vagas o imprecisas, con apariencia de justificación de aquélla".
Además, añade que "no se alcanza a entender por qué pueden resultar esenciales" determinados servicios públicos como deportes, centros cívicos, parques y jardines, urbanismo, intervención, servicios fiscales, etc., máxime "si se tiene en cuenta que la huelga está prevista, única y exclusivamente, para una fecha concreta".
Por ello, se "procede, con fundamento en este motivo de impugnación, y sin necesidad ya de analizar los demás a los que se alude en la demanda, estimar el recurso y anular la resolución combatida".