Las empresas interesadas deberán haber cotizado un volumen de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros durante 2009, y presentar a su mutua antes del 15 de mayo de 2010 el formulario de autodeclaración sobre actividades preventivas y que certifiquen estar al corriente en sus obligaciones con la
Seguridad Social. De igual forma, las pequeñas empresas podrán acceder a dicho incentivo, cuando en el periodo máximo de cuatro años no hayan superado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 5.000 euros.
Este incentivo es posible gracias al 3 por ciento del saldo que a 31 de diciembre de 2009 había en el fondo de Prevención y Rehabilitación, que es dotado por las mutuas con el 80 por ciento del exceso de excedentes de la gestión de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Las mutuas también dotarán de los fondos de asistencia social que dispone cada una, con cerca de 77 millones de euros destinados a ofrecer ayudas para paliar situaciones concretas de necesidad económica que los trabajadores que hubieran sufrido un accidente laboral. Estas ayudas otorgadas por las comisiones de prestaciones especiales de las mutuas pueden beneficiar a trabajadores en situación de incapacidad temporal con previsión de pasar a invalidez permanente al alta médica, así como los trabajadores con invalidez reconocida, en estado de necesidad económica demostrada; trabajadores afectados por una discapacidad grave y familiares o personas afines a trabajadores fallecidos como consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional, que se encuentren en estados o situaciones concretas de necesidad económica objetivada.