www.madridiario.es
El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia, en el Senado, a 18 de febrero de 2025, en Madrid (España)
Ampliar
El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, durante su comparecencia en la Comisión de Justicia, en el Senado, a 18 de febrero de 2025, en Madrid (España) (Foto: Fernando Sánchez / Europa Press)

La Fiscalía recurre la causa contra García Ortiz y acusa al Supremo de basarse en "argumento reduccionista"

Por MDO
sábado 14 de junio de 2025, 09:49h
Actualizado: 19/06/2025 08:05h
La Fiscalía ha presentado un recurso contra la decisión del magistrado Ángel Hurtado de procesar al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por una presunta revelación de secretos vinculada al caso de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. El Ministerio Público sostiene que el juez ha pasado por alto circunstancias clave e inferido otras "sin sustrato probatorio", como las supuestas órdenes provenientes de Moncloa.

En un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, la teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, recurre directamente ante la Sala de Apelación, evitando así que el propio instructor revise su decisión. En el recurso solicita el archivo de la causa y la exoneración de los dos fiscales. La número dos de la Fiscalía argumenta que "el propio magistrado reconoce que con anterioridad a la presunta filtración del correo de 2 de febrero de 2024 por el fiscal general del Estado circulaba por los medios la existencia de un ofrecimiento de acuerdo por parte de González Amador de reconocer la comisión de dos delitos fiscales".

En la misma línea, apunta que los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil "también declararon que una pluralidad de personas conocían, con antelación a la presunta filtración del correo por el fiscal general del Estado, la existencia de ofrecimiento de acuerdo por parte de González Amador". Además, recalca que varios periodistas testificaron que "poseían la información referida al correo de fecha 2 de febrero de 2024 con antelación a que el mismo fuese remitido al fiscal general del Estado".

Acusa también al magistrado Hurtado de basarse en un "argumento reduccionista" al concluir que las únicas "fuentes jurídicas" mencionadas por la Cadena SER en su información del 13 de marzo sobre dicho correo podían ser la Fiscalía o el abogado de González Amador, a quien descartó basándose en el testimonio de su letrado, Carlos Neira. "Ha sido acreditado en la causa que el célebre correo de fecha 2 de febrero de 2024 había sido remitido también a la Abogacía del Estado, órgano jurídico, ese mismo día", sostiene.

Sánchez Conde señala además que dicha información era conocida "por ejemplo", por la jefa de la Fiscalía Superior de Madrid, Almudena Lastra, "conocimiento que posibilitó que, con anterioridad a que los correos le fuesen remitidos al fiscal general del Estado, la misma le alertase de la información que estaba circulando" y que "ella sabía que era falsa".

La Fiscalía rebate también la afirmación del magistrado de que desmentir la información publicada por El Mundo a las 21:29 horas del 13 de marzo de 2024 era irrelevante. Dicha publicación sostenía que era el fiscal quien había ofrecido un pacto a González Amador, y no al revés, como recogía el correo de febrero.

Sánchez Conde, en cambio, considera "trascendente" que esa misma información afirmara "que había órdenes de retirar ese inexistente pacto de conformidad ofrecido por la Fiscalía al señor González Amador, órdenes que tampoco se habían producido". "De lo que se trataba, era de informar acerca del comportamiento procesal de la Fiscalía en un asunto de indudable relevancia, ante informaciones demostradas como falsas que imputaban a la institución una actuación anómala por motivos políticos", argumenta.

La número dos del Ministerio Público añade que los agentes de la UCO "reconocieron que no habían obtenido prueba alguna de que la filtración hubiese sido realizada por el fiscal general del Estado", y que "tampoco existe prueba alguna del concierto" entre García Ortiz y Rodríguez "para llevar a cabo dicha filtración".

En su crítica al relato del magistrado, Sánchez Conde denuncia graves omisiones y le reprocha haber introducido la mención a "indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno por el fiscal general del Estado" de forma "ex novo", "sin ningún sustrato probatorio y con clara indefensión de los investigados".

Asimismo, subraya que "ninguna prueba se ha propuesto para acreditar o desvirtuar tal extremo" y que "en ningún momento se haya preguntado a los investigados ni se les haya informado de tal imputación". En definitiva, sostiene que todo ello "vuelve a patentizar que la instrucción de la causa no se ha acomodado a las garantías procesales ni constitucionales que deben presidirla".

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
1 comentarios