El Gobierno ha continuado con sus medidas para mermar o hacer desaparecer unas modalidades de inversión a la medida de los particulares: los planes de pensiones privados y las sociedades de inversión de capital variable (SICAV). Parece que la nota común - declarada por miembros del Gobierno- que se puede encontrar en estos vehículos de inversión es que son para “ricos”; cosa que, si se analiza un poco, en la mayoría de los casos no se corresponde con la realidad.
Las SICAV
El pasado 1 de enero entró en vigor la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, en virtud de la cual, para mantener el tipo de cotización del 1% en el Impuesto de Sociedades que tienen actualmente las SICAV, deben cumplir el requisito de que cada uno de sus al menos 100 socios tenga una inversión mínima de 2.500 euros; en caso contrario, pasarán a cotizar al 25%.
El cambio normativo establece un régimen transitorio durante 2022 por el que se puede acordar la disolución y liquidación de la SICAV sin costes fiscales y diferir la tributación de las ganancias derivadas de la inversión para las SICAV que acuerden su disolución y liquidación; teniendo por finalidad permitir que sus socios puedan trasladar su inversión a otras instituciones de inversión colectiva (IIC) que cumplan los requisitos para mantener el tipo de gravamen del 1 % en el Impuesto sobre Sociedades.
Hasta ahora, para la aplicación del tipo del 1%, el número de socios requerido era 100, sin exigirse a ninguno de ellos una inversión mínima. Esto llevaba a que, en los casos de grandes fortunas, se concentrasen porcentajes muy altos de su accionariado en una o varias personas, mientras que el resto del accionariado (llamados folclóricamente mariachis) tuvieran participaciones económicamente insignificantes. Para los legisladores, esto desvirtúa el carácter “colectivo” que cabe predicar de las SICAV y que justifica la aplicación del gravamen reducido.
El carácter populista de la medida de quitar beneficios a las clases pudientes hace quedar bien al Gobierno de cara a la galería, pero en realidad las SICAV ya tenían análogas características fiscales que otros vehículos, como los fondos de inversión -que también pagan un 1% de Impuesto de Sociedades, y nadie pone el grito en el cielo-. No parece de recibo que un particular que invierte en una SICAV con un dinero por el que ya ha pagado impuestos (ya sean rentas del trabajo, ventas de otros activos, sucesiones o donaciones) tenga que volver a pagar.
No obstante, como en tantos otros casos, la finalidad que subyace en la reforma es aumentar la recaudación. En este sentido, podemos atisbar cómo puede afectar la reforma a la tributación de las SICAV en función de sus previsiones de cambio:
El pasado 4 de abril, la Comisión Nacional del Mercado de Valores emitió una nota de prensa sobre las decisiones adoptadas por las SICAV ante el reciente cambio fiscal: 467 entidades prevén continuar como SICAV, que representan el 20,4% de las inscritas, y el 43,6% del total de patrimonio; 1.756 SICAV se liquidarían o se transformarían en S.L o S.A, lo que representan el 77% del total, y el 54% del patrimonio (en concreto, 15.761 millones de euros) y, finalmente, 63 SICAV no han adoptado aún una decisión (3% sobre inscritas y 2% sobre patrimonio).
Vemos que el 77% de las SICAV prevén liquidarse o transformarse, mientras que el 20,4 % prevén mantenerse. Para la CNMV, “Los datos reflejan que, en general, las entidades con mayor patrimonio han decidido continuar como SICAV en mayor medida que las de menor tamaño”. Concretamente, de las 467 entidades que prevén continuar como SICAV, 384 lo harán tributando al 1% (11.925 millones de euros de patrimonio) y 83 lo harán tributando al 25% (740 millones de euros de patrimonio).
En resumen, cerca del 80% de las SICAV van a desaparecer y, de las que queden, las que cuentan con mayores patrimonios -entre las que están las pertenecientes a las conocidas familias con mayor fortuna del país- seguirán tributando al 1%, frente a una minoría -en número y patrimonio- que pasará a tributar al 25%. El objetivo del Gobierno de aumentar la tributación se puede quedar en agua de borrajas.
Los planes de pensiones
Los planes de pensiones son productos financieros que pueden contratar las personas como sistema de ahorro para la jubilación; los fondos de pensiones recogen las aportaciones de los partícipes con la finalidad de garantizar una serie de prestaciones económicas, en forma de rentas o capitales, en determinadas situaciones (actualmente: jubilación; incapacidad laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para todo tipo de trabajo, y la gran invalidez; fallecimiento del partícipe o beneficiario, si causa prestación de viudedad, orfandad u otras; enfermedad grave –tanto del partícipe como de familiares directos que dependan de él; y desempleo de larga duración –de forma continuada durante al menos un año-).
La gestión de los fondos de pensiones se realiza de una forma completamente análoga a los fondos de inversión y, a efectos prácticos, son vehículos financieros equiparables, con dos características diferenciales: por un lado, los fondos de pensiones tienen el inconveniente de no poder ser rescatados hasta la jubilación, o las otras circunstancias; por otro lado, este inconveniente tiene una compensación con la posibilidad de poder hacer una aportación individual máxima que tiene derecho a deducción en el IRPF (gracias a ello, y aprovechando la progresividad del impuesto, se deja de declarar por esa cantidad en la actualidad -cuando se tienen ingresos mayores- y se declara tras la jubilación -con ingresos menores y, por tanto, tributando por esa cantidad a un tipo inferior).
Los PGE de 2021 introdujeron una reducción del límite fiscal a la deducción en la base imponible del IRPF por aportaciones realizadas a los planes de pensiones privados, desde los 8.000 euros que había fijados en 2020 hasta los 2.000 euros, y para el próximo año esta deducción se volverá a reducir hasta los 1.500 euros. La misma reducción del límite fiscal a las aportaciones a los planes individuales también se aplica a otros productos de ahorro finalista, como los PPA (planes de previsión asegurados: contratos de seguro que cubren, básicamente, la jubilación, aunque tienen supuestos de rescate excepcional -como enfermedad grave o gran dependencia-, y ofrecen una rentabilidad anual garantizada) o los PIAS (planes individuales de ahorro sistemático: seguros de vida individuales en los que el beneficiario es el inversor, y cuyos derechos generados se destinan a constituir una renta vitalicia asegurada; tienen una inversión anual máxima, una rentabilidad mínima garantizada y se pueden rescatar con antelación).
Por el contrario, el Gobierno ha incrementado las aportaciones máximas deducibles en los planes de empresa en 2022 a 10.500 euros, con objeto de fomentar este tipo de productos (más del gusto colectivista de nuestros gobernantes); medida asimétrica frente a los escuálidos 1.500 euros de los planes individuales y ataque a la libre competencia.
El Ejecutivo pretende impulsar el ahorro finalista para la jubilación mediante los planes colectivos de empleo, de una penetración casi nula hasta ahora en el mercado nacional. Consiste en un sistema de titularidad pública y gestión privada, promovido por el empleador y de bajo coste. Históricamente, esto suena a nacionalización y a acumulación de unos fondos en los que pueda meter la zarpa el Estado en caso de necesidad (si no, al tiempo).
Con esto, el Gobierno pretende fomentar unos planes colectivos de empleo, casi inexistentes hasta ahora, y dejar en extinción los planes privados de pensiones (cosa que ya está ocurriendo, a la vista de la reducción en picado de las aportaciones -cerca del 40% en 2021-). Efectivamente, el aliciente que tenían los planes privados de pensiones se ha visto casi eliminado, dejando el límite fiscal a la deducción por aportaciones realizadas en una cantidad casi insignificante a la hora de plantear un ahorro consistente a largo plazo. De este modo, la mayoría de los planes de pensiones privados quedarán casi congelados y con aportaciones anuales de 1.500 euros o menos; por lo demás, compensa más un producto tipo fondo de inversión como complemento a la pensión de jubilación, que es libremente rescatable a gusto del inversor.
En un país como España, con una alta tasa de reemplazo (diferencia entre el último sueldo cobrado y la primera pensión pública percibida) del 90%, los planes privados se han desarrollado poco y los planes de empresa casi nada. Con las expectativas de reducción acelerada de esa tasa de reemplazo en los próximos años, causadas principalmente por el envejecimiento de la población y la reducción de los salarios, la merma de la pensión pública hará más necesario el complemento de los planes individuales y de los planes de empresa. Mal momento para que los políticos irresponsables disparen contra los planes individuales.
En resumen, torpedo en la línea de flotación de las SICAV, y los planes individuales de pensiones tocados y hundiéndose. Todo para obstaculizar el ahorro de los particulares y la planificación de su pensión de forma independiente y traspasar sus fondos a unos planes de empresa colectivistas que dejarán a los ciudadanos más desprotegidos y dependientes del Estado, que es lo que, en definitiva, pretende el Gobierno. Si le dejamos, claro.