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Manifestación contra la violencia de género.
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Manifestación contra la violencia de género. (Foto: Kike Rincón)

Condenas por delitos de violencia de género

Por MDO
jueves 01 de junio de 2023, 13:40h

La violencia de género se regula por una ley orgánica del año 2004, que reúne y consolida toda una serie de leyes anteriores y modifica algunos aspectos; en concreto, endurece la pena por un delito de violencia de género.

Según esa ley, el castigo o pena por un delito de violencia de género depende del tipo de maltrato a la mujer y de las consecuencias en caso de agresión a la mujer.

El castigo por vejaciones a la mujer

Se consideran vejaciones a la pareja o a la mujer:

- Amenazar con golpearla, aunque sea levemente. Insultarla o injuriarla.

- La pena por someter a vejaciones a la pareja o a la mujer es una multa. El importe de la multa depende de sus ingresos y de la gravedad de las vejaciones.

- Además, el condenado tiene que estar alejado (orden de alejamiento) de la mujer entre cuatro y ocho días. Si viven juntos, el hombre tiene que abandonar el domicilio conyugal.

- El juez puede sustituir la pena por entre 5 y 10 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

El castigo por maltrato de obra contra la mujer

- Se entiende por maltratar de obra a la mujer o a la pareja:

- Empujarla ligeramente, sin llegar a causar lesión alguna.

- Golpearla ligeramente, pero sin causarle lesión alguna, por ejemplo, darle un cachete.

Si un hombre maltrata de obra a su pareja o a su mujer, el castigo son de 6 meses a 1 año de prisión. Esta pena se puede sustituir por trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 a 80 días. El juez también puede privar al condenado de la patria potestad de sus hijos hasta un máximo de 5 años.

Si el maltrato se realiza delante de menores amenazando con un arma en el domicilio de la víctima o en el domicilio común, el castigo mínimo son 7 meses y medio de prisión.

Castigo por amenazar a su pareja

Amenazar de gravedad a la mujer o a la pareja, por ejemplo, amenazar con matarla, se castiga con entre 6 meses y 1 año de prisión. Esta pena se puede sustituir por trabajos en beneficio de la comunidad de entre 32 y 80 días.El juez también puede privar de la patria potestad al condenado hasta un máximo de 5 años.

Amenazar con agredir con un arma, por ejemplo, un cuchillo o un objeto peligros, se castiga con penas de prisión entre 3 meses y 1 año. Esta pena se puede sustituir por trabajos en beneficio de la comunidad durante un periodo de entre 31 y 80 días. El juez también puede privar al hombre de la patria potestad durante un periodo de entre 3 meses y 3 años.

Si la amenaza se hace delante de menores en el domicilio conyugal o en el de la víctima violando una orden de alejamiento, el castigo será en la mitad superior de la pena (entre 10 meses y medio y 3 años). Si hay circunstancias atenuantes, el juez puede reducir en un grado la pena.

Castigo por coaccionar a la pareja

Coaccionar a la mujer o pareja para que haga algo, se considera un delito. El delito de coacciones, aunque no vivas con ella, se castiga con una pena de 6 meses a 1 año de prisión. Esta pena se puede sustituir por trabajos en beneficio de la comunidad (entre 31 y 80 días). El juez puede privar de la patria potestad al autor del delito durante un máximo de 5 años si considera que es lo mejor para el menor.

Si las coacciones tienen lugar delante de los hijos o en el domicilio conyugal, la pena mínima por este delito es de 7 meses y medio. Lo mismo si el autor del delito ha violado una orden de alejamiento para cometer el delito de coacciones a su pareja.

El juez puede tener en cuenta circunstancias personas del autor del delito para imponer una pena inferior a la mencionada anteriormente. Por ejemplo, los jueces suelen reducir la pena en uno o dos grados si es la primera vez o si el autor del delito muestra arrepentimiento y pide perdón a la víctima

En estos casos, los jueces suelen suspender la pena de prisión (para condenas de menos de 2 años) o incluso sustituir la pena por trabajos en beneficio de la comunidad, como hemos explicado anteriormente.

Castigo si el hombre provoca lesiones a la mujer

El castigo por un delito de lesiones por violencia de género depende del tipo de lesiones que provoque la violencia.

Lesiones leves

Se entiende por lesiones leves aquellas que no requieren tratamiento quirúrgico, por ejemplo, no requieren ni siquiera unos puntos de sutura. Algunas de las lesiones consideradas leves son: excoriación (arañazos, rasguños o raspones superficiales); equimosis (moratones o cardenales); hematoma (moratón con mayor gravedad); Eritema (enrojecimiento de la piel producto de un golpe).

Si la violencia de género provoca lesiones leves a la mujer, el delito se castiga con pena de prisión de entre seis meses y un año.Los jueces pueden sustituir la pena de prisión, sobre todo si no hay reincidencia, por una pena de trabajos en beneficio de la comunidad de entre 31 y 80 días.

Lesiones graves

Se entienden por lesiones graves aquellas que requieren algún tipo de tratamiento para su sanación, por ejemplo, si hay que dar puntos de sutura.

La pena mínima para un delito de violencia de género que causa lesiones graves a la mujer son dos años de prisión.

Agravantes del delito de lesiones

Se considera un delito agravado: utilización de un arma u objeto peligroso, ensañamiento y persona especialmente vulnerable, por ejemplo, si está enferma.

La pena por un delito agravado de lesiones por violencia de género son de 2 a 5 años de prisión.

Castigo por amenazas con armas u objetos peligrosos

Si el hombre amenaza a la mujer con agredirla con algún tipo de objeto, se considera violencia de género y se castiga con un mínimo de tres meses de prisión (máximo 1 año).

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