La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Melisa Domínguez del delito de incitación al odio al que había sido acusada tras liderar el ataque a la mezquita de la M-30 después de los atentados yihadistas en Bruselas de 2016. Los magistrados exoneran en la sentencia a Melisa y otros 11 integrantes de HSM de los delitos de incitación al odio y desórdenes públicos. La Sección Quinta ha acordado también declarar el cincuenta por ciento de las costas procesales de oficio y el otro cincuenta se lo impone a la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado.
El juicio se celebró el pasado mes de octubre y Melisa se reafirmó en la protesta por "financiar el yihadismo terrorista". No se arrepiente de nada y no cambiaría "ni una coma" del comunicado que entonces difundió en redes sociales. La íder ultraderechista manifestó ante el tribunal haber escogido la mezquita de la M-30 sin planificación previa. Según sus declaraciones, optaron por ese lugar debido a la investigación que había en curso en la Audiencia Nacional publicada por varios medios y ante "los indicios de financiación del terrorismo a través de una especie de impuesto revolucionario al rezo".
La acción de Hogar Social Madrid consistió en la colocación de una pancarta junto a la mezquita en la pasarela de la M-30 donde se podía leer "Hoy Bruselas, ¿mañana Madrid?". A continuación, difundieron un comunicado e imágenes en redes sociales que, según el fiscal, generaron cientos de comentarios islamófobos. El fiscal, que solo acusaba a la líder del grupo y le solicitaba tres años de cárcel, entendía que en su conjunto la acción global de protesta sustentó "un discurso del odio" que se llevó a las rede sociales y generó cientos de comentarios discriminatorios hacia el Islam y las personas que profesan esta religión.
Entienden los magistrados que no ha quedado probado que la intención de los acusados fuera la de provocar algunos comentarios publicados en redes sociales de carácter islamófobo, hispanófobo, antifascistas, anticomunistas, anticatólicos y antiamericanos. "Entendemos que se trata de opiniones que sus participantes publican a media que se van respondiendo unos a los otros que se escapa con la protesta de los acusados", subrayan. Tampoco acreditan que la protesta causara lesiones o daños en la propiedad privada, así como obstaculizaciones de la vía pública. La acusación particular, que actuó en nombre de Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, tendrá que pagar el cincuenta por ciento de las costas procesales.