29/01/2015@13:41:36
Los perros de asistencia de personas con discapacidad podrán entrar en
todos los edificios públicos y privados de la Comunidad de Madrid, en el
transporte público, incluidos los taxis y cualquier tipo de transporte
colectivo de uso público; los locales y establecimientos comerciales y
de ocio; los centros de enseñanza, centros sanitarios y asistenciales,
tanto públicos como privados, residencias, hogares y clubes para la
atención a personas mayores; almacenes y establecimientos mercantiles,
oficinas y despachos de profesionales.