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rueda, prensa, (Foto: Chema Barroso)

Rafael Amargo, absuelto al avalar la nulidad de las escuchas telefónicas

Por MDO
jueves 03 de octubre de 2024, 13:21h
Actualizado: 07/10/2024 12:57h

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía de Madrid en relación con la sentencia que declaró inocente al bailaor Rafael Amargo por un delito contra la salud pública. El tribunal ha respaldado la decisión de anular las escuchas telefónicas que dieron inicio a este caso.

Según una sentencia, a la que Europa Press ha tenido acceso, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal han rechazado el recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal, en relación con la sentencia de la Audiencia Provincial, que absolvió al artista, a su productor y a otro acusado.

Los magistrados consideraban que la justificación objetiva para solicitar intervenciones telefónicas era "insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base a los elementos en que fundamentaban los agentes la sospecha de la comisión de un delito contra la salud pública".

La absolución fue dictada por la Sala al determinar que no se habían satisfecho las exigencias mínimas establecidas por la ley para autorizar la intromisión en el secreto de las comunicaciones. Por lo tanto, se declaró nula la intervención de los teléfonos de los investigados, la cual había sido solicitada por la Policía y aprobada por el juzgado de Instrucción.

Rafael Amargo y su productor Eduardo de Santos se encontraban en la situación de enfrentar una condena de nueve años de prisión por un delito que afecta a la salud pública en una cantidad considerable.

En su resolución, la Sala del TSJM señala que "los vicios de motivación e insuficiencia indiciaria de los que adolece la resolución por la que se autorizaron por el Juzgado de Instrucción las intervenciones telefónicas iniciales, debilita completamente el valor incriminatorio de la prueba en su mayor parte hasta el punto de anular su consistencia constitucional".

El Auto inicial fue sometido por el Tribunal de instancia a un nivel adecuado de exigencia, lo que indica una distancia respecto a los cánones permisivos en la salvaguarda de un verdadero derecho fundamental, como es el del secreto de las comunicaciones.

En este sentido, se indica que "una vez expulsado del acervo probatorio el material incriminatorio aludido, la doctrina de la llamada conexión de antijuridicidad, contamina otras pruebas derivadas de aquellas inicialmente practicadas".

Según se expone, dos circunstancias son determinantes: por un lado, el entendimiento riguroso del garantismo penal, y por otro, la efectiva tutela de los derechos fundamentales. Estas condiciones, señala, dificultan una exploración profunda de lo que sostiene la acusación; no permiten llegar al núcleo de los hechos.

La prueba principal

La fiscal basa su acusación principalmente en las intervenciones telefónicas y en el testimonio de los investigadores de la Policía Nacional, que constituyen la evidencia más relevante en este caso.

Según los investigadores y la Fiscalía de Madrid, hay hechos que no están comprobados, afirmando que Rafael Amargo y Eduardo llevaban a cabo "compras conjuntas" con el propósito de financiar la producción de 'Yerma'. Sin embargo, los acusados desmienten esta afirmación, ya que se requerirían al menos 100.000 euros.

En el informe presentado, la fiscal indicó que el movimiento de personas en el apartamento de Rafael, ubicado en el segundo derecha del número 4 de la calle La Palma, durante el periodo de los hechos bajo investigación, estaba respaldado por las declaraciones de los agentes de la Policía Nacional.

La representante del Ministerio Fiscal hizo referencia a las escuchas interceptadas entre agosto y noviembre de 2020, en las que se discutían cantidades de droga que superan el autoconsumo. Estas cantidades son indicativas de una importancia notoria, lo que conlleva una pena de entre 6 a 9 años de cárcel. En particular, citó una conversación donde una persona solicita alrededor de 500 pastillas y otra en la que Rafael expresa su deseo de obtener un kilo de metanfetamina.

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