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Una de las urnas de las pasadas elecciones
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Una de las urnas de las pasadas elecciones (Foto: Chema Barroso)

Sorteo de las mesas electorales para el 23J: así sabrá si ha sido seleccionado

Por MDO/E.P.
jueves 22 de junio de 2023, 11:20h
Actualizado: 30/06/2023 18:39h

El Pleno de Cibeles se ha reunido de forma extraordinaria este jueves para designar mediante sorteo informático a los 31.302 madrileños y madrileñas que podrían formar parte de alguna de las 3.4785 mesas electorales del próximo 23 de julio.

En estas elecciones se habilitarán un total de 416 locales electorales. Son 15 menos que en las anteriores elecciones de mayo a causa de ajustes que han debido hacerse por obras en algunos de los colegios y por sustitución de locales no climatizados por otros que sí disponen de climatización.

La mesa con el mayor número de electores se encuentra en Villa de Vallecas, con 1.017, y la que menos en el distrito de Latina, con 340.

Fruto del sorteo se ha elaborado una tabla que establece el orden de selección de los electores que en cada mesa electoral deben ocupar los cargos de presidente y vocales, así como los que han de actuar como suplentes. En total, se notificará el nombramiento a 31.302 personas elegidas por sorteo entre los electores de cada mesa, que son las requeridas para cubrir las 3.478 mesas electorales que se constituyen en los 416 colegios electorales del municipio de Madrid.

El proceso informático designa un total de nueve electores por mesa, aunque sólo tres de ellos actuarán el día de las elecciones. Cada mesa está integrada por un presidente y dos vocales, designándose adicionalmente dos suplentes para cada uno de estos tres miembros.

A las personas seleccionadas se les remitirá una notificación con acuso de recibo. Posteriormente, a los miembros titulares se les enviará por correo a su domicilio el manual de miembro de mesa en el que se detallan sus funciones.

La condición de miembro de la mesa electoral tiene carácter obligatorio y los motivos que impidan la aceptación del cargo deben justificarse documentalmente ante la Junta Electoral de Zona de Madrid (calle Manuel Luna, 29), que es el órgano competente para su resolución. Las justificaciones también podrán presentarse mediante un formulario electrónico que se ha habilitado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es.

Mayores de 65 y vacaciones

Al igual que el 28M, cuando se presenten en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid las renuncias voluntarias de electores de edades entre los 65 y 70 años. Pueden renunciar al cargo poniéndolo en conocimiento de la Junta Electoral de Zona de Madrid.

Se tramitarán de forma automática, de modo que el sistema verificará el dato de edad en el censo y generará la aceptación de la renuncia en el momento. Y no se requiere de identificación electrónica.

Según criterio adoptado por la Junta Electoral Central, y exclusivamente para el presente proceso electoral, las Juntas Electorales de Zona competentes deberán valorar la viabilidad de la excusa consistente en que el día de la jornada electoral coincida con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional contratado antes de la convocatoria de las elecciones y cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante.

La no presentación de los electores designados al acto de constitución de las mesas el día 23 de julio se considera delito electoral. Las penas a las que pueden ser condenados son prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.

El presidente y los dos vocales que finalmente constituyen la mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación si dicho día afecta a su jornada laboral, a una reducción de cinco horas de su jornada de trabajo del día siguiente y a una dieta de 70 euros. Además, los protege el Sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones derivadas de su participación en los comicios.

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