El motivo es que suponen una modificación de las condiciones de trabajo sin pasar por el proceso de negociación colectiva.
La sentencia se refiere a los pactos suscritos por parte de la Consejería de Sanidad madrileña para mejorar la lista de espera quirúrgica con la extensión de la actividad de quirófano por la tarde.
Así lo expone en un fallo que estima parcialmente el recurso del sindicato AMYTS por entender que esa medida suponía vulnerar el principio de libertad sindical recogido en la constitución. Entiende la sentencia que hay infracción del derecho sindical con esta medida impulsada por la Consejería y decreta su nulidad.