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Los sindicatos recurrirán ante el Supremo la jornada de 37,5 horas

Por MDO/E.P.
lunes 07 de mayo de 2012, 00:00h
Actualizado: 29/12/2015 10:56h
Los sindicatos recurrirán ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirma la jornada de 37,5 horas impuesta al personal laboral en la Comunidad de Madrid.
CSIT Unión Profesional, CC.OO. y UGT han decidido impugnar la decisión del Alto Tribunal madrileño de desestimar el recurso interpuesto por los sindicatos demandantes contra la jornada de 37,5 horas semanales para personal laboral de la Comunidad de Madrid, fijada por la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas del 28 de diciembre de 2011.

Entonces, en cumplimiento dedicha ley, la Comunidad dictó esta medida que suponía un incremento de la jornada laboral en 2,5 horas. Desde el primer momento los sindicatos anunciaron que recurrirían esta decisión. La primera batalla judicial en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha caído del lado de la Comunidad Madrid.

Sin embargo, los sindicatos han asegurado que van a continuar realizando "todas las acciones legales encaminadas al reconocimiento por parte de la Justicia, del abuso y la vulneración de algunos derechos en los que ha incurrido el Gobierno de la Comunidad de Madrid".

Los servicios jurídicos de CSIT Unión Profesional han asegurado que se aferrarán al voto particular de uno de los magistrados del TSJM, que ampara la demanda al entender que debía haberse elevado cuestión de inconstitucionalidad "al Tribunal Constitucional". Según éste, "la Disposición Adicional 1ª de la Ley 6/2011 por la que se amplía la jornada del personal de la Comunidad de Madrid, vulnera claramente tanto el derecho a la negociación colectiva, previsto en el artículo 37.1 de la Constitución, como el derecho fundamental a la libertad sindical, artículo 28.1, contrariando, de este modo, la fuerza vinculante de los convenios colectivos".

Por ello, el sindicato ha considerado "totalmente reprochable la aprobación unilateral por parte del Gobierno regional de medidas de este calado, hurtando el derecho a la negociación colectiva de sus legítimos actores".
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