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Madrid adapta su normativa sobre ruido a las leyes estatales y comunitarias

Por MDO/E.P.
jueves 01 de marzo de 2012, 00:00h
Actualizado: 02/03/2012 16:24h
El Consejo de Gobierno de la Comunidad ha derogado este jueves el decreto por el que se regula toda la materia de ruido y contaminación acústica, que data de 1999. Ahora se adaptará a las leyes estatales y comunitarias, pues considera que son más "concretas" y están más actualizadas, ha señalado el vicepresidente y portavoz del Gobierno madrileño, Ignacio González.
En concreto, se deroga la normativa regional para adaptarse a la estatal y a la comunitaria, de los años 2003 y 2007. En rueda de prensa posterior a la reunión semanal, González ha explicado que el problema no tiene que ver con si estas normas son más o menos "permisivas" que la autonómica, que tiene ya trece años, sino que se trata de adaptarse a "la legalidad".

Así, ha indicado que desde 1999 "se ha producido una modificación normativa en el ámbito del Estado y unas legislaciones en el ámbito de la UE" y que hay "una parte muy importante de esa normativa que es legislación básica" y que tienen "que estar ahí", ha apostillado.

"Por tanto, por economía procesal, por eficiencia, por agilidad de la tramitación y evitar ese farragoso mundo de normas, normas y normas, entendemos que con aplicar la legislación del Estado es suficiente para garantizar adecuadamente la materia de protección de ruidos y para conseguir cumplir, como es lógico, la normativa", ha añadido González.

Nuevas actividades empresariales
Según ha informado la Comunidad, con esta simplificación administrativa en la normativa del ruido el Gobierno regional pretende impulsar nuevas actividades empresariales, manteniendo la protección ambiental. En este sentido, continúa "previniendo, vigilando y reduciendo el ruido para evitar los efectos nocivos que pueda generar en la salud humana, los bienes o el medio ambiente.

De esta manera, se asume íntegramente la clasificación de las áreas acústicas que tiene fijada el Gobierno de la nación. Así, frente a las cinco áreas estipuladas en la normativa regional, la ley nacional establece siete diferentes en función del uso predominante del suelo. Asúi, Madrid pasa a contemplar la denominada "área recreativa y de espectáculos", que no estaba definida en la normativa regional.
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