Condenado 9 años por intentar asesinar a su ex
viernes 22 de marzo de 2013, 00:00h
Actualizado: 23/03/2013 10:42h
La Audiencia Provincial ha condenado a Rodrigo Julio S.T. a ocho años y once meses de cárcel por intentar asesinar a su expareja, a la que espiaba desde un zulo que había practicado muy cerca de la casa de Aravaca en la que trabajaba la mujer, a la que atacó en mayo de 2011 con un cuchillo.
Según el fallo, el condenado, boliviano en situación irregular en España, mantuvo una relación sentimental con la víctima, de la misma nacionalidad, con la que convivió durante tres años los fines de semana, ya que la mujer trabajaba y vivía el resto de la semana en una vivienda de Aravaca.
Como el acusado no aceptaba el fin de la relación, llamaba insistentemente al teléfono de su expareja y pasaba muchas horas controlando las entradas y salidas de la mujer al supermercado, a tirar la basura o a otras tareas domésticas.
El 4 de mayo de 2011 accedió a la casa, esperó a la mujer escondido entre la vegetación y cuando ésta volvió le asestó varias puñaladas con un cuchillo de 11 centímetros de hoja en tórax y abdomen, aunque su víctima pudo defenderse y las heridas no resultaron de gravedad.
Antes de ser detenido, Rodrigo Julio envió a la mujer varios mensajes de teléfono móvil y de correo electrónico amenazándola tanto a ella, como a su hijo, padres y otras familiares residentes en Bolivia.
En sus mensajes, el condenado aseguraba que no la dejaría en paz y que si no volvía con él, la secuestraría y encerraría, además de matar a sus familiares.
La Audiencia condena a Rodrigo Julio a 5 años, 7 meses y 15 días de cárcel por un intento de asesinato y la prohibición de acercarse a su víctima a una distancia mínima de 500 metros.
Además, por un delito continuado de amenazas graves, el tribunal le condena a 19 meses y 15 días de prisión y por otro de coacciones graves a 21 meses.
Otro caso con arma blanca
Por otro lado, la Audiencia Provincial ha condenado a tres años y medio de prisión a Gonzalo G.G. como autor de un delito de lesiones a su pareja en diciembre de 2011 y a abonar 3.311 euros a la Comunidad de Madrid por los gastos médicos que tuvo que asumir en la atención de la víctima.
En la sentencia de sección 26 de la Audiencia Provincial, los magistrados consideran probado que en una discusión entre el acusado y su pareja, el primero tuvo el propósito de golpear con un cuchillo a la mujer y que, aunque no dirigió el arma a ninguna parte de su cuerpo en concreto, le alcanzó en el cuello provocándole una herida de un centímetro.
Tras ayudar a la víctima a taponar la herida con un toalla, el procesado guardó el cuchillo en un cajón y abandonó el domicilio, momento en el que una patrulla de policía municipal acudía al lugar y le detenía.
Además del delito de lesiones Gonzalo G.G, que reconoció en el juicio que ocasionó las lesiones a su pareja con un cuchillo, no podrá acercarse a menos de 500 metros a su víctima durante cuatro años y medio.