El Gobierno da luz verde al endurecimiento del Código Penal
Por MDO/Agencias
jueves 11 de octubre de 2012, 00:00h
Actualizado: 13/10/2012 20:37h
Prisión permanente revisable, penas de prisión por matrimonios forzosos y por difusión no consentida de vídeos íntimo, consideración como delito de los hurtos inferiores a 1.000 euros...Estas son algunas de las claves del anteproyecto de reforma del Código Penal aprobado este jueves por el Consejo de Ministros.
La difusión no consentida de grabaciones íntimas, el matrimonio forzoso y el acoso estarán tipificados como delitos en el nuevo Código Penal. Así lo han manifestado este jueves la vicepresidenta primera del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, tras el Consejo de Ministros de este jueves, en el que se ha aprobado el anteproyecto de ley de reforma que endurece el Código Penal.
El texto aprobado contempla por primera vez penas de prisión de hasta tres años para los matrimonios forzosos y de entre seis meses y un año por la difusión de imágenes y grabaciones íntimas sin consentimiento. Asimismo, recoge penas de hasta dos años para determinadas figuras de acoso que hasta ahora no estaban tipificadas.
"Es un capítulo novedoso relativo a la protección de la mujer y la lucha por la igualdad de género que consideramos fundamental en estos momentos en el que en España todavía nos queda un trecho por avanzar en esa protección de las mujeres como víctimas de determinados delitos", ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.
El nuevo texto tipificará además diversas conductas de acoso, que no pueden por el momento ser perseguidas a través de los tipos de amenazas y coacciones, podrán ser penadas hasta con dos años de prisión.
Prisión permanente revisable
La reforma del Código Penal introduce la prisión permanente revisable en delitos de terrorismo, magnicidio, asesinatos de menores de 16 años o discapacitados, así como en aquellos producidos tras una agresión sexual sobre la víctima. Además, contempla la custodia de seguridad en casos excepcionales cuando el preso ha cumplido la pena de prisión y se valoren las "altísimas posibilidades" de reincidencia.
La falta de hurto se sustituye por un delito leve de hurto que castigará los casos en los que lo sustraído no supere los 1.000 euros, aunque para fijar este límite se tendrá en cuenta la capacidad económica de la víctima. Hasta ahora, el límite del valor de lo sustraído estaba en 400 euros.
Para ofrecer una respuesta adecuada a la multirreincidencia y la delincuencia grave, se prevé que en el caso de delincuencia profesional y organizada se les pueda condenar con el tipo agravado a penas de uno a tres años de prisión e, incluso, en los casos más graves, de entre dos y cuatro años.