Se abre la veda del jabalí y de la paloma migratoria
Por MDO/E.P.
sábado 11 de octubre de 2008, 00:00h
Actualizado: 30/12/2008 13:35h
La campaña de caza del jabalí 2008-2009 comenzó este sábado en la región y se desarrollará hasta el 15 de febrero en las zonas cinegéticas controladas y en la Reserva Nacional de Caza de Sonsaz. También se abre la veda este sábado para la caza de la paloma migratoria en la Comunidad, desde puestos fijos en pasos tradicionales situados en la región durante la campaña cinegética de 2008-2009.
El coto comprende el territorio de los municipios de Manzanares, Miraflores, El Atazar, Rascafría, Navarredonda, Braojos, Somosierra, Berzosa, Patones, Paredes, Piñuécar, La Hiruela, Canencia, Villavieja, La Acebeda, Buitrago, Robledillo, Valdemaqueda, Montejo de la Sierra, Puebla de la Sierra, Soto del Real, Lozoya, Gascones, Robregordo y Serrada.
De este modo, se podrá cazar el jabalí sin limitación de piezas aunque la Consejería de Medio Ambiente podrá, por motivos técnicos o biológicos, establecer límites de capturas en alguna o en todas las cacerías a efectuar. No obstante, se prohíbe disparar a los rayones, así como a las hembras de jabalí si van seguidas de cría. Tampoco podrá dispararse sobre cualquier otra especie cinegética, salvo autorización expresa de la Dirección General del Medio Natural.
Las cacerías sólo podrán realizarse en las "manchas" delimitadas, con carácter previo a la fijación del número de cacerías a celebrar. Si se detectara la utilización de sistemas de atracción de jabalíes en la "mancha" a batir, la Dirección General del Medio Natural podrá suspender la cacería a celebrar en dicha "mancha". La reiteración en el uso de estas prácticas podrá dar lugar además a la suspensión de todas las cacerías pendientes en la zona.
En cada municipio donde radique la "mancha" las cacerías serán organizadas por la correspondiente Sociedad Local de Cazadores, como entidad colaboradora de la Administración. Para ello, debieron remitir a la Consejería antes del 5 de septiembre sus solicitudes para realizar cacerías de jabalí, proponiendo la fecha de su celebración, la "mancha" o "manchas" a batir y la relación de los cazadores locales que deseen participar en ellas. La Sociedad Local de Cazadores que organice cada cacería podrá utilizar, como máximo, una rehala por cada 40 hectáreas de terreno a batir. Además, las reglas establecen que podrán emplearse ojeadores o batidores desarmados, además de los perreros.
Caza de paloma migratoria
Además, a partir de este sábado se podrá practicar la caza de palomas migratorias en los pasos catalogados como tradicionales por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que se sitúan en los terrenos cinegéticos que constituyen cotos privados de caza y en los pasos situados en la Reserva Nacional de Caza de Sonsaz y en la Zona de Caza Controlada.
El período hábil de caza será desde este sábado hasta el 9 de noviembre de 2008. Durante dicho período hábil, las especies objeto de caza desde puesto fijo en pasos tradicionales serán exclusivamente la paloma torcaz y con carácter excepcional el zorzal.
En todos los pasos declarados tradicionales en esta Orden, se establecerá una línea única de tiro fija, coincidente, siempre que sea posible, con la divisoria de aguas. La separación mínima entre los puestos fijos será de 50 metros, pudiendo ser ocupados, cada uno de ellos, por uno o dos cazadores.
Mientras se esté practicando la caza de palomas migratorias en pasos tradicionales, quedará prohibido el ejercicio de la caza en general en una franja de seguridad de 750 metros de anchura por delante de la línea de tiro y otra de 250 metros de anchura por detrás de la misma. También quedará prohibido el uso de perros en estas franjas de seguridad. Asimismo, cada cazador que participe en estos pasos tradicionales deberá retirar, al final de la jornada de caza, los cartuchos utilizados en su puesto.
En el caso de que la línea de tiro coincida con los límites de cotos privados o zonas con otro régimen cinegético especial, los titulares de los mismos tendrán derecho a utilizar el número de puestos que proporcionalmente les corresponda, en función de la longitud de la línea de tiro y de la linde cinegética. A tales efectos, y a fin de evitar situaciones conflictivas, se entenderá que la citada línea de tiro es común, aún cuando por razones topográficas se establezcan algunos puestos a un máximo de 100 metros por detrás o por delante de los límites de las lindes cinegéticas.