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Un sanitario realiza una PCR
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Un sanitario realiza una PCR (Foto: Ricardo Rubio - Europa Press)

Madrid cambia de criterio y solo hará PCR a los contactos estrechos de positivos de "determinados colectivos"

Por MDO/E.P.
martes 29 de septiembre de 2020, 21:17h

La Comunidad de Madrid ha limitado a "determinados colectivos" la realización de PCR en caso de haber mantenido un contacto estrecho con un positivo confirmado de Covid. Es lo que recoge la nueva 'Estrategia de detección, vigilancia y control de Covid-19 de la Comunidad de Madrid' fechada el 28 de septiembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, y que incluye este cambio respecto a la del pasado 14 de agosto.

Hasta ahora se recomendaba la realización de esa prueba a "todos los contactos estrechos de un caso confirmado con infección activa, con el objetivo de detectar precozmente nuevos casos positivos". En esta actualización, emitida el día que comenzó la ampliación de las restricciones a ocho zonas de salud básica más, se establece que las PCR se harán a convivientes, personas vulnerables, personas que atienden a este grupo, los ámbitos sanitario y sociosanitario, y en situaciones de "especial riesgo" que establece salud pública.

El texto añade que "en cualquier caso, la cuarentena finalizará a los 10 días de la fecha del último contacto con un caso confirmado". Asimismo, en el caso de que se "indique" realizar la prueba, se hará o un test rápido de detección de antígeno o una PCR "en función del ámbito". Si el contacto convive con el caso, la toma de muestra la indicará el profesional del centro de salud.

También se indicará desde Atención Primaria si el contacto es una persona vulnerable, o personas que atienden a personas vulnerables. Si se trata de un contacto laboral estrecho al que no se le ha realizado la prueba de detección y reúne las condiciones, solicitará la toma de muestra el médico de familia.

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