El consejero de Economía, Hacienda y Empleo, Javier Fernández-Lasquetty, ha anunciado que el Consejo de Gobierno de la Comunidad ha aprobado este miércoles el proyecto de ley para la bajada del 20 por ciento en el IRPF para personas extranjeras que lleven al menos cinco años fuera de España y que se trasladen e inviertan en la región.
Se trata de una reducción sobre el total y será aplicable a partir del primer euro, sin tope mínimo ni máximo, por lo que el consejero ha defendido que no se trata de una medida enfocada solo a "grandes fortunas". esta bajada impositiva "pionera en la Unión Europea" busca "atraer más inversiones y crear empleo", según Fernández-Lasquetty, quien ha detallado que el Gobierno autonómico espera que un incremento de la recaudación en 125 millones por cada mil, con una aportación al PIB regional de 886 millones de euros y la creación de 13.000 empleos.
Quienes reúnan los requisitos y trasladen su residencia fiscal a la región podrán deducirse el 20 por ciento del total de lo que inviertan, ya sea en activos financieros o inmobiliarios. Estos últimos deberán estar radicados en la Comunidad de Madrid, mientras que el resto podrá localizarse en cualquier lugar, exceptuando los considerados "paraísos fiscales".
El proyecto de Ley con la bajada de impuestos que desarrolla esta iniciativa del Ejecutivo madrileño se remitirá este mismo jueves a la Asamblea para que comience su tramitación parlamentaria, que el Gobierno autonómico espera que sea con lectura única para agilizar el proceso, previa a su entrada en vigor y pueda estar aprobada antes de que concluya la legislatura. El objetivo es que sea de aplicación en este 2023, a fin de que las personas interesadas puedan aplicárselo en la Declaración de la Renta del próximo año. Para este proyecto, Isabel Díaz Ayuso no cuenta con el respaldo de Vox.
Particularidades de la norma
La norma, recogida en un único artículo que modifica el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, señala que la inversión podrá realizarse el año previo al traslado de la residencia fiscal a la Comunidad de Madrid, el mismo año del cambio o el siguiente.
Asimismo, se abre la posibilidad de que la deducción del 20 por ciento se aplique durante el año en el que se hace o en los cinco siguientes. El único requisito es mantenerla durante seis ejercicios, así como la residencia fiscal en la región.
El único límite anual será la propia cuota de IRPF sobre la que se hace la deducción del 20 por ciento, es decir, si es suficiente para compensar toda la desgravación se podrá hacer el primer año. En caso contrario se irá repartiendo a lo largo de los siguientes cinco años.
De esta manera, una persona que invierta un millón de euros se podrá deducir el 20 por ciento del total si su cuota de IRPF para ese año es igual o superior. Si no es así, lo que no se pueda aplicar ese año se repartirá en los cinco siguientes ejercicios, tal como ha explicado el consejero.
Durante su intervención, Fernández-Lasquetty ha subrayado que con esta medida se busca favorecer "un entorno de confianza" para mantener la Comunidad como un lugar "atractivo" para los inversores foráneos y que Madrid no sea vea "perjudicada" por los "nuevos impuestos que pueden retraer la inversión" promovidos por el Gobierno central.