www.madridiario.es
Foto de archivo: Sede Audiencia Provincial de Madrid
Ampliar
Foto de archivo: Sede Audiencia Provincial de Madrid (Foto: Europa Press)

La Justicia determina que los cuadros de Goya reclamados por Altadis son de titularidad estatal

Por MDO/E.P.
viernes 15 de octubre de 2021, 11:45h

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid ha concluido que el retrato de Carlos IV y el de María Luisa de Parma pintados por Francisco Goya son de titularidad pública y no de la empresa Altadis SA - antes Compañía Arrendataria de Tabacos -, que custodiaba ambas obras desde el siglo XIX.

En una sentencia de 11 de febrero los magistrados desestimaron el recurso presentado por la compañía contra la decisión adoptada por el Juzgado de Primera Instancia Número 82 de Madrid el 18 de junio de 2019. Así, han confirmado la sentencia por la que se denegaba la demanda formulada por Altadis contra el entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

La Audiencia Provincial de Madrid ha asegurado que "no queda acreditada la pretendida titularidad de los retratos" por Altadis ni por sus antecesores. Ha rechazado también la tesis de la ocupación y la del presunto abandono de los bienes muebles tras concluir que "en ningún momento" el Estado habría renunciado a la titularidad de las mencionadas obras de Goya.

Los magistrados han determinado que "la posesión de los cuadros llevada a cabo por la Compañía Arrendataria de Tabacos no cumplía los requisitos legales que permitiesen la adquisición del dominio de los mismos, lo que supone que tampoco pudo transmitirlos a la hoy actora - Altadis - mediante la venta del inmueble de la calle Barquillo".

Cuadros que "siempre" han sido públicos

En este sentido, han precisado que los retratos en cuestión "siempre fueron reconocidos en los inventarios elaborados durante siglos como propiedad pública, de manera particular desde 1896 donde se requiere fehacientemente a la entidad poseedora para su entrega o devolución al titular".

Así, la Audiencia Provincial de Madrid ha avisado que el hecho de que la compañía no llegase a cumplir esa obligación "no puede implicar ni el abandono de los retratos en favor del poseedor, ni el reconocimiento de la titularidad de los mismos". Según ha explicado, en la resolución adelantada por El Periódico de España, tampoco transforma esa posesión en una "posesión a título de dueño". Y ha insistido en que el Estado "conservó en todo momento la propiedad de los cuadros con independencia de su ubicación".

La Abogacía del Estado defendió ante el Juzgado de Primera Instancia Número 82 de Madrid que los retratos fueron pintados por Goya "por encargo de la Real Fábrica, por lo que al tratarse de un establecimiento dependiente directamente del Estado (Real Hacienda) e integrado en el mismo, la propiedad de los cuadros fue adquirida por el Estado".

Los retratos adornaron las instalaciones de la Real Fábrica de Sevilla hasta que - "siendo ignorado el motivo"- a finales del siglo XIX quedaron ubicados en la sede central de la Compañía Arrendataria de Tabacos de Madrid, "dándose la circunstancia de que este edificio, a diferencia de la Real Fábrica, no era propiedad del Estado", según se explica en la resolución de primera instancia.

"Concluye de esta forma la sentencia dictada, y este tribunal mantiene, que los retratos estuvieron en posesión de la demandante o entidades antecesoras en virtud de simple licencia o mera tolerancia del dueño, lo que determina, a tenor del principio del artículo 1942 del Código Civil, que no pueda esa posesión ser determinante en su caso de la adquisición por usucapión", ha señalado la Audiencia Provincial de Madrid en la resolución contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

Altadis asegura ser el "legítimo propietario" de los dos cuadros

Altadis ha asegurado ser el "legítimo propietario" de los retratos de Carlos IV y de María Luisa de Parma, pintados por Francisco Goya y reclamados por el Estado, al tiempo que ha anunciado que recurrirá la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de ratificar la titularidad pública de las obras.

Altadis, que custodiaba ambas obras desde el siglo XIX, sostiene que desde que Goya los pintase por encargo de la Fábrica de tabacos de Sevilla, los cuadros han permanecido siempre en su poder, primero en la propia Fábrica de Sevilla, luego en la Sala de Juntas de la Compañía Arrendataria de Tabacos (antecesora de Tabacalera) y desde 1944 en adelante en la sede de Tabacalera S.A. (hoy denominada Altadis S.A.).

"El Estado siempre ha reconocido a Altadis como legítimo propietario de los cuadros", ha señalado un portavoz de la empresa tabacalera, recordando que desde principios de la década de los años 90, el Ministerio de Educación ha venido solicitando a Altadis, como propietario de los cuadros, que se los prestase para distintas exposiciones itinerantes de la obra de Goya en varios países de Europa.

Este mismo portavoz ha señalado que el reconocimiento del Estado acerca de la propiedad de Altadis sobre estos retratos "llegó a su máximo exponente" en 1999, cuando el Ministerio de Educación y Altadis firmaron un contrato de comodato (o préstamo gratuito) por el que Altadis, como propietario de los cuadros, cedía en préstamo gratuito al Ministerio los cuadros.

Fruto de esta cesión resultaron varias exposiciones temporales, con el compromiso escrito de devolución por parte del Ministerio en cuanto Altadis se los reclamase. "Ese compromiso no fue cumplido por el Estado y tras la exposición que se organizó en la Biblioteca Nacional denominada 'el último viaje de la fragata Mercedes' Altadis reclamó al Estado la devolución de los cuadros y éste nunca los devolvió", han señalado desde Altadis.

Desde entonces, se inició un litigio que está pendiente de resolución definitiva. Tal y como explican desde la tabacalera, en el pleito, el Ministerio ha sostenido que firmó ese contrato de 1997 en el que reconocía a Altadis como propietario de los cuadros 'por error', algo que Altadis niega.

"Es imposible que el Ministerio sufriese tamaña 'equivocación' sobre nada menos que dos pinturas de Goya", han apuntado. En este sentido, resaltan que la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid da la razón en este punto a Altadis y considera ese contrato de 1997 "perfectamente válido y que el Estado no sufrió ningún error al firmarlo".

"Sin embargo, no es capaz de extraer la consecuencia lógica de tal declaración: si el contrato es válido y el Ministerio no sufrió 'error' al suscribirlo, es evidente que el Estado reconoce la legítima propiedad de Altadis sobre los cuadros", ha apuntado.

Por todo ello, Altadis califica la sentencia de la Audiencia Provincial de "incongruente y con contradicciones intrínsecas difícilmente salvables" y espera que el Tribunal Supremo le dé la razón en el recurso.

"Mientras no se resuelva el pleito, nadie (el Estado tampoco) puede atribuirse la propiedad de los cuadros, por estar, precisamente, esta controversia pendiente de lo que digan los tribunales", han concluido.

En una sentencia de 11 de febrero de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados han desestimado el recurso presentado por la compañía contra la decisión adoptada por el Juzgado de Primera Instancia Número 82 de Madrid el 18 de junio de 2019. Así, han confirmado la sentencia por la que se denegaba la demanda formulada por Altadis contra el entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios