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Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro
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Zona de Bajas Emisiones Distrito Centro (Foto: Roberto Alcolea)

Anulación de la Zona de Bajas Emisiones: qué va a pasar con las multas y las restricciones

El TSJM sorprende anulando las ZBE

Por MDO
miércoles 18 de septiembre de 2024, 07:00h
Actualizado: 18/09/2024 13:00h

"El Banco Mundial cuantifica el coste económico en el Estado español de la mortalidad prematura y la pérdida de días de trabajo por la contaminación del aire ambiente y el aire en las viviendas en 50.382 millones de dólares en 2013, equivalente en ese año a 38.000 millones de euros, el 3,5 por ciento del PIB65. Esta estimación parte del estudio de la carga mundial de enfermedad realizado por el Instituto de Mediciones y Evaluaciones de Salud (IHME) de la Universidad del Estado de Washington, en Estados Unidos, restringido a seis enfermedades y grupos de enfermedades (cardiopatías isquémicas, accidentes cerebrovasculares, Epoc, cáncer de pulmón, infecciones agudas de las vías respiratorias inferiores y neumonía), que ocasionaron 14.689 muertes en España, en el año citado". Son datos que se extraen del balance del aire de 2023 publicado por Ecologistas en Acción, que defiende las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital y han pedido al Ayuntamiento que soluciones los "problemas de tramitación" que han motivado que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haya anulado varios preceptos de la Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018 del Ayuntamiento de Madrid.

Su coordinador, Paco Segura, ha recordado que "este mismo mecanismo, el de la insuficiencia de la memoria económica, es el que utilizó el PP en su día para intentar tumbar el Madrid Central de Carmena. Les aplican su misma medicina". Asimismo, a Segura le sorprende "la baja formación ambiental de la judicatura. Cuando se habla de los costes económicos de la zona de bajas emisiones para los automovilistas se olvidan de los altísimos costes de la contaminación para el conjunto de la sociedad. Todos los estudios concluyen que es mucho más barato luchar contra la contaminación que intentar sanarnos de sus problemas".

El revuelo comenzó poco después del mediodía de este martes cuando se conoció la noticia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló varios artículos de las tres Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) implementadas por el Ayuntamiento de la capital, tras un recurso interpuesto por el grupo municipal de Vox. Es decir, que caen las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDPE) de 'Distrito Centro', conocida como Madrid Central, y la de 'Plaza Elíptica'. Ahora, el Ayuntamiento cuenta con 30 días para presentar un recurso de casación, tiempo durante el cual las restricciones de tráfico y las sanciones correspondientes seguirán vigentes. "Los servicios jurídicos están estudiando el fallo", afirmaron fuentes municipales en cuanto se difundió la información.

El Tribunal desestima algunas de las objeciones presentadas por el Grupo Municipal de Vox en el Ayuntamiento de Madrid, en especial las que cuestionaban el proceso de aprobación de la Ordenanza. Sin embargo, da la razón a los demandantes en lo relativo a la "clara insuficiencia" de los informes previos a la aprobación de la normativa, subrayando, conforme a la jurisprudencia más reciente del Tribunal Supremo, la falta de exhaustividad en el informe de impacto económico. Esta resolución aún no ha alcanzado firmeza y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza contencioso-administrativo.

Por ello, las multas y las restricciones al tráfico para acceder a ciertas zonas de la capital permanecerán todavía vigentes y activas hasta que la sentencia sea sólida. Esto ha provocado que algunas asociaciones, como la de Automovilistas Europeos Asociados, hayan solicitado la paralización en la tramitación de las multas por acceder a las zonas de bajas emisiones madrileñas y la devolución de lo cobrado, que estiman en más de 330 millones de euros en 1,7 millones de multas.

La sentencia, en palabras de la asociación de automovilistas, "incide especialmente en el hecho de que las medidas restrictivas adoptadas por la ordenanza afectan presumiblemente a las personas de menos capacidad económica, que se ven impedidas o gravemente dificultados en sus posibilidades de acceder a nuevos vehículos que cumplan con las exigencias ambientales pero no se hizo una valoración de este factor".

Del mismo modo, la sentencia alude a la afectación de las medidas a miles de vehículos profesionales, con repercusión directa en las condiciones de la competencia y del mercado.

Si bien la sentencia no es firme, la asociación espera que el Ayuntamiento no la recurra "por cuanto esta muy bien motivada a la luz de la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE y del propio Tribunal Supremo de España".

"La asociación espera que el Ayuntamiento no recurra la sentencia"

Los magistrados no discuten que el Ayuntamiento de Madrid esté facultado para implementar este tipo de medidas con el fin de mitigar los efectos de la contaminación derivada del tráfico y así proteger la salud pública y el medio ambiente. Sin embargo, consideran que el análisis económico de la Ordenanza fue insuficiente. Según los jueces de lo contencioso-administrativo, faltó "una adecuada evaluación del equilibrio entre beneficios y costes, así como de la posibilidad de aplicar medidas menos restrictivas con un efecto similar, o que evitaran un impacto discriminatorio sobre los grupos más vulnerables económicamente".

Los jueces señalan que las decisiones del Ayuntamiento afectan a “miles de vehículos comerciales” y tienen repercusiones en la competencia y el mercado. Señalan que, por ejemplo, debió considerarse la situación de "sectores empresariales con menos capacidad económica para renovar sus vehículos", refiriéndose a autónomos o pequeñas y medianas empresas (pymes).

El apoyo del Grupo Mixto

Esta decisión judicial que ha revolucionado el Palacio de Cibeles este martes ha recordado lo que ocurrió en 2019, cuando José Luis Martínez-Almeida llegó al Ayuntamiento con el apoyo de Vox y con la condición de retirar el Madrid Central de Manuela Carmena. Un proyecto que tiempo después se mantuvo pero con otro nombre. Además, la Ordenanza de Movilidad Sostenible fue aprobada el 13 de septiembre de 2021 con los cuatro votos a favor del Grupo Mixto (Marta Higueras, Luis Cueto, José Manuel Calvo y Felipe Llamas), formado por concejales escindidos de Más Madrid y considerado ilegal el pasado mes de abril por el Tribunal Supremo. "Han recibido de su propia medicina", señala José Manuel Calvo. Según el exconcejal, "parece que cada vez hay más distancia entre las sentencias judiciales y las necesidades de cuidar y proteger el aire". Las reflexiones de Calvo pasan por considerar la justificación judicial como "floja" porque "las consecuencias han sido positivas para el medio ambiente y en ningún caso han repercutido en el negocio de los comercios. Al contrario, cada vez hay más gente en el centro, visitantes, paseantes, clientes que no han puesto en riesgo en ningún momento este tipo de medidas". En este sentido, Calvo se muestra favorable a restringir más el tráfico "atendiendo a los niveles de contaminación de cada vehículo". "No hay decisión judicial ni hay recurso de Vox que frene esa tendencia, toda Europa va en ese camino, son medidas inevitables e irreversibles", ha zanjado el exconcejal.

"Han recibido de su propia medicina"

Por su parte, José Antonio Fúster, diputado de Vox en la Asamblea de Madrid, asegura a Madridiario que "la sentencia es muy clara en un punto esencial: el Ayuntamiento de Almeida impuso una mala administración por las bravas sin importarle el impacto que tal medida iba a causar entre los más desfavorecidas y vulnerables". Fúster añade que a Carmena "le importó bien poco imponer una medida injusta y discriminatoria" y asegura que esta sentencia "es el resultado de una imposición descarada y a cualquier coste. Los automovilistas más desfavorecidos son aquellos que pagan sus impuestos, cumplen con la inspección técnica de vehículos y unos políticos les dicen dónde pueden circular". Otras son las medidas que, según Fúster, mejorarían la calidad del aire como el "fomento del transporte público, el uso de la tecnología para un aprovechamiento racional del aparcamiento en superficie, los aparcamientos disuasorios, la renovación de calderas... todo menos limitar la movilidad".

El portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Madrid, Javier Ortega Smith, considera que con esta decisión "se ha hecho justicia con una valiente sentencia" que ha dejado claro que esa ordenanza transgredía "un mínimo principio de equidad y de igualdad entre los ciudadanos madrileños" y ha defendido que el alcalde de la capital debe presentar su dimisión, “primero por haber mentido a los madrileños y segundo por haber quedado absolutamente desacreditado”. También la portavoz en la Asamblea del partido que llevó a los tribunales la medida, Rocío Monasterio, se ha manifestado al respecto en sus redes sociales. "Años de trabajo dan sus frutos. Solo Vox se ha opuesto frontalmente al Madrid Central de Carmena y de Almeida. La libertad puede volver a Madrid", ha escrito.

Por su parte, la portavoz de Más Madrid en el Ayuntamiento, Rita Maestre, que formaba parte del Gobierno municipal cuando Manuela Carmena instauró la zona de bajas emisiones denominada entonces 'Madrid Central', ha considerado una "mala noticia para la salud de los madrileños" esta decisión judicial. "Almeida alimentó el negacionismo climático cuando estaba en la oposición y hoy Madrid sufre las consecuencias con una sentencia más propia del siglo XIX", ha escrito en redes sociales. Maestre cree que el PP "ha llegado tarde y sin ganas a las políticas de calidad del aire y esta nueva chapuza lo demuestra claramente". Y le ha pedido al Ayuntamiento que recurra la sentencia y que "ponga en marcha todas las soluciones que estén a su alcance para impedir que demos pasos atrás en la calidad del aire de Madrid".

En el Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Madrid, su portavoz adjunta, Enma López, ha señalado que "a falta de estudiar en profundidad el contenido de la sentencia, lo que sí podemos saber es que esto es un ejemplo más de las chapuzas Almeida". López ha recordado algunos de los casos en los que la Justicia ha anulado actos del Ayuntamiento precisamente por no cumplir con el procedimiento. "Se nos ocurren ahora mismo la moratoria de vehículos para acceder a Madrid Central, lo que ocurrió con las estufas de gas en las terrazas o hablando de terrazas, la propia ordenanza de terrazas".

Para los socialistas de Madrid, "más allá de si estas políticas públicas nos parecen bien o mal, lo que sí que está claro es que por mucho que Almeida tenga mayoría absoluta, está obligado a cumplir con el procedimiento y no lo está haciendo". La portavoz adjunta considera que el resultado de que las ordenanzas terminen siendo anuladas en los tribunales es "una gran inseguridad jurídica que perjudica a los vecinos y a las vecinas, que llega un momento en el que ya no se sabe si uno puede entrar con el coche o no, si se puede poner una mesa de terraza o no. Esto es el caos. Almeida y los madrileños merecen más", ha zanjado.

Por su parte, el presidente de la Federación Regional de Asociaciones de Vecinos de Madrid (FRAVM), Quique Villalobos, considera que el criterio del tribunal en esta sentencia contra Madrid 360 es coherente con el que le llevó a aceptar la demanda del PP contra la estrategia de 'Madrid Central' de Carmena. "Lo que no parece coherente es por qué en su día se tomó esa decisión y hoy se repite", ha señalado. "El tribunal lo que viene a decir es que, si bien es verdad que el respeto por el medio ambiente es un derecho fundamental y tiene que hacerse de manera preventiva, que no es absoluto y hay que tener en cuenta los daños a la economía y eso se debe justificar muy bien", traslada Villalobos sobre esta sentencia que "en el fondo es un despropósito, lo que viene a hacer es a romper un sistema de protección de los derechos fundamentales de los madrileños y madrileñas", que tendremos "más riesgo de morir por la contaminación ambiental".

"No se anularán las multas"

El delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante, ha afirmado que las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que han sido anuladas en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) siguen vigentes al no ser todavía firme, no se anularán las multas impuestas con carácter retroactivo en base a la jurisprudencia y el Ayuntamiento estudia un posible recurso de casación. Así, el delegado ha informado de que se ha dado instrucciones al servicio jurídico para que estudie la posibilidad de presentar este recurso. Sin embargo, desde el momento de la publicación de la sentencia, es vigente la anulabilidad de la normativa, por lo que no se pueden poner nuevas multas. Desde el momento de la publicación de la anulabilidad de las ZBE, los turismos A pueden circular por Madrid Distrito Centro y Plaza Elíptica.

"No es una decisión política, sino una decisión netamente jurídica y tienen que analizar, por tanto, la sentencia y determinar si presentar ese recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Dicho plazo finaliza el 23 de octubre", ha informado.

"El Tribunal Superior de Justicia anula las ZBE por un defecto formal al no considerar acreditado o justificado adecuadamente el impacto económico que tenía la implantación de las zonas de bajas emisiones", ha explicado Carabante, aunque ha justificado que en la nueva Ordenanza de Movilidad de Madrid 360 se incorporó el impacto presupuestario, algo que esta sentencia no pone en cuestión, así como el impacto económico.

"Se trata de un defecto formal de carácter al valorar, como digo, que no se encuentra suficientemente valorada o motivada esa memoria", ha detallado Carabante. Además, se ha referido a la jurisprudencia al afirmar que no se anulan las multas que ya han sido impuestas en base a esta norma ya que "están bien impuestas". "Hay experiencia ya y hay jurisprudencia. La ordenanza de Madrid Central que se anuló también determinaba la suspensión de esta zona de bajas emisiones, y lo que se determinó es que las sanciones estaban bien impuestas porque hasta la sentencia esas sanciones y esos accesos indebidos han sido accesos precisamente indebidos", ha insistido el delegado.

Por ello, sigue estando prohibido el acceso para ciertos tipos de vehículos a estas zonas porque continúa vigente la normativa hasta que no sea una sentencia firme, al caber todavía la posibilidad de recurso.

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