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    23 de abril de 2026

juzgado de 1º instancia numero 48 de madrid

Un juzgado avala la legalidad del 'para siempre' usado por Telefónica en la oferta de Fusión

03/06/2016@17:31:40
El juzgado de 1º Instancia número 48 de Madrid ha dado la razón a Telefónica ante la demanda presentada por un cliente que consideraba que la subida de cinco euros aplicada por la operadora el 5 de mayo de 2015 a las distintas modalidades de Movistar Fusión suponía "una modificación unilateral del contrato". El juzgado ha respaldado la interpretación de Telefónica de la expresión "para siempre" empleada por la operadora en la promoción de su oferta convergente Movistar Fusión. En la sentencia el juez considera que la demanda presentada resulta "improsperable", ya que el demandante se basa para su pretensión en una campaña publicitaria de 2012, cuando contrató el servicio en 2014.
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