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Inmediaciones del estadio Santiago Bernabéu
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Inmediaciones del estadio Santiago Bernabéu (Foto: Europa Press)

El Supremo rechaza el recurso del Real Madrid y confirma la anulación de los parkings del Bernabéu

lunes 29 de junio de 2026, 21:01h
Actualizado: 29/06/2026 21:13h

El Tribunal Supremo ha rechazado admitir a trámite el recurso de casación presentado por el Real Madrid contra la resolución que anuló la concesión para construir dos aparcamientos en el entorno del estadio Santiago Bernabéu, previstos en la calle Padre Damián y el paseo de la Castellana. Con esta decisión, el Alto Tribunal deja firme el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ya había confirmado la nulidad de la actuación.

En una providencia fechada el pasado 24 de junio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo concluye que el recurso del club blanco no plantea cuestiones con interés casacional suficiente para fijar nueva jurisprudencia, al entender que los asuntos planteados ya han sido resueltos por doctrina consolidada del propio Supremo y del Tribunal Constitucional.

Uno de los principales argumentos esgrimidos por el Real Madrid era que se había vulnerado su derecho de defensa al no haber sido emplazado personalmente como parte codemandada durante la primera instancia. Sin embargo, los magistrados descartan esa alegación al considerar que el club conocía la existencia del procedimiento judicial, circunstancia que, de acuerdo con la jurisprudencia constitucional, neutraliza los efectos de la falta de notificación personal.

Además, el Supremo recuerda que el recurso de casación no puede utilizarse para revisar hechos o valorar nuevamente las pruebas practicadas, ya que su finalidad es unificar la interpretación del derecho y no reexaminar el fondo de los litigios.

La resolución también rechaza el resto de las alegaciones formuladas por el Real Madrid, entre ellas las relativas a la legitimación de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu para impugnar el proyecto o a la naturaleza jurídica de la autorización municipal que dio inicio al procedimiento. El tribunal considera que se trata de cuestiones ya resueltas por la jurisprudencia o que fueron planteadas por primera vez en casación, por lo que no justifican la admisión del recurso.

Asimismo, el Alto Tribunal avala la interpretación del TSJM de que la autorización concedida por el Ayuntamiento de Madrid el 10 de marzo de 2023 constituía un acto administrativo susceptible de ser recurrido, al producir efectos jurídicos relevantes sobre el procedimiento de concesión. La providencia impone además al Real Madrid el pago de las costas del incidente de admisión, con un límite de 2.000 euros, más el IVA correspondiente, y declara que contra esta decisión no cabe recurso.

El litigio se originó a raíz de la demanda presentada por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, que sostenía que el Ayuntamiento había incumplido el procedimiento legal durante la tramitación de la concesión y que el proyecto vulneraba las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en materia de aparcamientos. Tanto el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid como posteriormente el TSJM concluyeron que, tras el periodo de información pública, el Consistorio introdujo modificaciones sustanciales en los estudios de viabilidad sin volver a someterlos a exposición pública, lo que motivó la anulación del procedimiento.

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