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Prohibidos los carritos dobles de bebés en los autobuses

Prohibidos los carritos dobles de bebés en los autobuses

Por MDO/Efe
jueves 06 de marzo de 2008, 00:00h
La Orden de la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad que regula las condiciones de acceso de los carritos de bebé a los autobuses, en vigor desde el pasado sábado, día 1, no permite el acceso con cochecitos dobles, de los que usan gemelos y mellizos, ni de tipo tándem ni en paralelo.
"No se permitirá el acceso a los autobuses con coches, sillas o carritos dobles, ya sean de tipo tándem o en paralelo", dice taxativamente la Orden de 18 febrero de 2008 de la Consejería de Transportes e Infraestructuras.

Un portavoz de la EMT ha dicho que el problema es estrictamente de movilidad de los viajeros y de maniobrabilidad de los cochecitos dentro del autobús y ha recordado que la compañía llegó a repartir hace un año mochilas portabebés para mostrar una posible alternativa.

La Asamblea de Madrid, en Resolución aprobada por unanimidad en el Debate sobre la Orientación de la Política General del Gobierno del año 2006, instó al Consejo de Gobierno "a llevar de manera urgente las modificaciones necesarias en el Reglamento de Viajeros al Consorcio Regional de Transportes para que el acceso de los carritos portabebés a los autobuses sea efectivo a fecha 1 de enero de 2007".

Para dar cumplimiento a dicho mandato, el Consejo de Gobierno regional aprobó en enero pasado un Decreto que modificó los reglamentos de viajeros del Transporte Interurbano de la Comunidad y de la Empresa Municipal de Transportes de la capital para establecer que los niños puedan viajar en coches, sillas o carritos desplegados en los autobuses.

En desarrollo del citado Decreto, la Orden que entró en vigor el 1 de marzo establece a su vez las condiciones que han de observar los usuarios que viajan con niños en coches, sillas o carritos desplegados en los servicios de transporte público de viajeros en autobús, tanto de carácter urbano como interurbano.

Así, "se autoriza el acceso de niños de hasta tres años de edad en coches o sillas desplegadas a los autobuses que dispongan de lugares habilitados para sillas de ruedas, siempre que vayan sujetos con el correspondiente cinturón o arnés de sujeción".
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