El Tribunal Supremo ha reconocido, por primera vez en una sentencia, el derecho de los inquilinos de viviendas vendidas en 2013 por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) a un fondo buitre durante la alcaldía de Ana Botella.
El conflicto surgió tras la venta de varias viviendas públicas en el año 2013, cuando la EMVS, bajo el mandato de Ana Botella, vendió a Fidere Vivienda S.L.U. un lote de viviendas, incluidos los pisos de la calle López de Vega. Los inquilinos de esos inmuebles, al haber firmado contratos que garantizaban su derecho de adquisición preferente, reclamaron la posibilidad de comprar sus viviendas. Sin embargo, en el momento de la venta a Fidere, la empresa compró los inmuebles en bloque, sin que se aclarara si la operación comprendía todas las viviendas del edificio, lo que, según los inquilinos, generó una elusión de sus derechos.
El Tribunal Supremo establece que la "venta conjunta" de un conjunto de inmuebles no puede ser considerada una simulación para eludir los derechos de los inquilinos, entre los que se incluye el derecho de tanteo y retracto. La sentencia señala que la compraventa de las viviendas no incluyó todas las unidades del edificio. Además, la escritura de la venta no menciona que se transmitieran todas las viviendas y, además, se especifica que las 44 plazas de garaje del inmueble no fueron objeto de transmisión. Por ello, el Supremo concluye que no se cumplen los requisitos para excluir el derecho de retracto, ya que no se vendieron todas las unidades del edificio.
La sentencia subraya que cuando no se venden todas las fincas de un mismo inmueble, no pueden aplicarse las restricciones que limitarían los derechos de adquisición preferente de los inquilinos, tal como establece el artículo 25.7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Con este fallo, se refuerza la protección de los derechos de los arrendatarios, ya que se confirma que la venta de viviendas públicas a fondos de inversión no pueden privar a los inquilinos de su derecho a adquirir dichas viviendas.
La empresa Fidere en "total desacuerdo"
Desde la empresa Fidere se muestran en "total desacuerdo" con la sentencia al considerar que "hay un error en la interpretación" y solicitarán al Supremo documentación para aclarar que la venta, tanto del bloque como de los garajes a los que se refiere la sentencia, no fueron vendidos por la EMVS porque "no eran de su propiedad".
Al margen de este extremo, celebran que el Alto Tribunal haya vuelto a confirmar que el derecho de tanteo no se aplica a las ventas en bloque, como es el caso de la adquisición por parte de Fidere de los activos de la EMVS en octubre de 2013. Asimismo, recuerda que la venta de los citados pisos de la empresa de la vivienda y suelo se realizó en una subasta pública y transparente, que fue aprobada por la EMVS y las autoridades.
El Partido Popular defiende la "independencia" de la Justicia
Preguntada por este asunto en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno, la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, ha defendido la "independencia" . "Acatamos y respetamos absolutamente todas las sentencias y las respetamos, tanto cuando nos gustan como cuando no. Me parece que es un mal camino poner en duda los tribunales, en este caso el Tribunal de Cuentas", apuntaba.
Para Sanz, presentar un recurso "cuando la Fiscalía también se ha adherido a desestimar este asunto y cuando el propio Tribunal ha hecho esta sentencia" carece de sentido. Además, ha señalado que en el procedimiento de la venta de viviendas hubo "un concurso público" con una serie de informes que avalaban el proceso.