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Yoga Solidario en el parque Tierno Galván
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Yoga Solidario en el parque Tierno Galván (Foto: AECC)

Los eventos en el auditorio del Tierno Galván no podrán superar las 7.488 personas de aforo

lunes 16 de marzo de 2026, 10:40h
Actualizado: 16/03/2026 18:56h

El último decreto de la concejala-presidenta de Arganzuela, Lola Navarro, establece que los eventos en el auditorio del parque Tierno Galván deberán respetar un límite de aforo de 7.488 personas.

Esta cifra se ha determinado con el objetivo de "evitar la masificación y las aglomeraciones, facilitar la convivencia vecinal y garantizar que el público se pueda mover con comodidad al disponer de suficiente espacio de esparcimiento".

El decreto de Navarro, que se publica en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), aprueba un nuevo texto que incluye todas las modificaciones relacionadas con las condiciones de uso del auditorio del parque para la realización de eventos. Estas actividades estarán sujetas a la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas.

Las viviendas más cercanas al auditorio se encuentran a menos de 200 metros. El decreto señala que "se ha venido utilizando ocasionalmente para eventos y espectáculos públicos de muy diversa índole, lo que ha sido objeto de controversia", como el Alma Festival o los espectáculos de Naturaleza Encendida.

Esto implica que "el uso del Enrique Tierno Galván para actividades diferentes a las propias de un parque público ha venido planteando problemas con sus usuarios naturales, sobre todo cuando la frecuentación ha sido muy elevada o molesta para la población residente del entorno".

No se debe ignorar que el parque "puede resentirse de una frecuentación excesiva o inadecuada por las actividades excepcionales". Desde la Junta han señalado que "es posible que el anfiteatro, en determinados momentos y para ciertos eventos, haya podido usarse de una manera inespecífica, valorándolo más como espacio libre en un paraje sorprendente que como un entorno valioso en parámetros medioambientales".

Mencionan que "es probable que se hayan realizado actividades que podrían haberse llevado a cabo en muchos otros lugares con igual o más satisfacción en los resultados y con menor impacto".

La intención de este decreto es regular los usos que puedan ser autorizados "con la finalidad de preservar el interés general y garantizar, como uso predominante, el uso público de la zona verde".

Tendrá la consideración de interés general, según el decreto, "todo aquello que esté sustentado en el interés colectivo de la población del distrito y de la ciudad de Madrid y tenga por finalidad ofrecer servicios accesorios complementarios que mejoren la vida de la ciudadanía en general compatibilizando, en la medida de lo posible, el desarrollo de actividades culturales y recreativas con el uso público del parque y con su protección y preservación".

Es fundamental que la organización de los eventos disponga de un servicio de limpieza que opere a lo largo del desarrollo de las actividades, así como durante las labores de montaje y desmontaje.

Este servicio deberá abarcar no solo las áreas directamente utilizadas por el evento, sino también aquellas zonas circundantes, que se extienden al menos 200 metros a la redonda.

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