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Los delitos de terrorismo no prescribirán si provocan víctimas mortales

El nuevo código penal trae penas más duras y regula el acoso a menores en Internet

El nuevo código penal trae penas más duras y regula el acoso a menores en Internet

Por MDO/E.P.
jueves 23 de diciembre de 2010, 00:00h
Actualizado: 27/12/2010 08:12h
La reforma del Código Penal entró en vigor este jueves después de haber transcurrido seis meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto castiga con más dureza a terroristas, pederastas y corruptos y tipifica como nuevos delitos la piratería, el acoso laboral e inmobiliario, el tráfico de personas y la compraventa de órganos humanos.
Entre las principales novedades del escrito se encuentra la introducción de la libertad vigilada. Se trata de una medida de seguridad destinada a terroristas y delincuentes reincidentes, que se impondrá en sentencia junto a la pena de cárcel por un tiempo máximo de cinco años, aunque se podrá extender hasta los diez años.  Los culpables podrán ser obligados a estar siempre localizables mediante aparatos electrónicos con GPS. También se les podrá prohibir residir en determinados territorios, acudir a establecimientos y desempeñar actividades que puedan facilitarles la ocasión de delinquir nuevamente. Los delitos de terrorismo no prescribirán cuando hayan causado la muerte de una persona.

En el campo de la corrupción, la normativa prevé por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Además, en los casos de funcionarios y responsables públicos que cometan delitos de corrupción, se elimina la alternativa entre la pena de prisión o multa, de manera que siempre haya condena de cárcel. En el campo del deporte, se castigarán los sobornos llevados a cabo por miembros y colaboradores de entidades deportivas, deportistas, árbitros y jueces encaminados a alterar el resultado de una prueba o competición.

Tráfico de órganos, menores e Internet
Entre los nuevos delitos que se incorporan al Código Penal figura el tráfico ilícito de órganos humanos y el trasplante de los mismos. También se incrimina por primera vez de manera diferenciada el acoso laboral y el acoso inmobiliario.

Otra novedad son los delitos de piratería. Se castigará al que se apodere, dañe o destruya una aeronave o embarcación y atente contra las personas, cargamento o bienes que en él se encuentren. Estas acciones podrán estar sancionadas con diez o quince años de prisión.

En el campo de los delitos sexuales, junto al aumento del nivel de protección de las víctimas, se introduce la regulación del denominado 'child grooming' (ciber acoso infantil), es decir, el uso de Internet con fines sexuales contra menores. Los delincuentes que consigan acercarse al menor mediante coacción o engaño tendrán que enfrentarse a una pena mayor. También se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger a los menores, así como el endurecimiento de las penas por abusos, que podrán llegar hasta los quince años de cárcel.
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