Air Nostrum se disculpa por dejar a tres sordos en tierra
Por MDO/E.P.
miércoles 08 de octubre de 2008, 00:00h
Actualizado: 09/10/2008 12:56h
El titular del juzgado de primera instancia número 57 de Madrid dictará sentencia sobre la demanda interpuesta por la Confederación Estatal de Personas Sordas (CSNE) y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) contra la aerolínea Air Nostrum por haber impedido viajar a tres pasajeros sordos sin acompañante sin escuchar a los testigos, al entender que no existe "controversia" y, por tanto, las pruebas no son necesarias.
En la vista previa que se celebró este martes, el juez consideró innecesario la comparecencia del piloto del vuelo IB8794 Melilla-Madrid del 20 de febrero de 2004, que decidió impedir el embarque a tres personas sordas de Melilla que viajaban a la península para asistir a un congreso sobre discapacidad. Tampoco declarará el personal de embarque ni los tres discapacitados.
Los hechos se remontan a febrero de 2004, cuando las tres personas fueron sorprendidas por el personal de embarque utilizando el lenguaje de signos para comunicarse después de haber facturado y haber pasado por los controles de seguridad. Entonces, el comandante de la aeronave decidió dejarles en tierra, en cumplimiento de una norma del manual de operaciones de la compañía que impide a las personas sordas viajar sin un tutor que en caso de emergencia pueda servirles de intérprete.
Según explicaron fuentes de Air Nostrum, después de que perdieran este avión, se intentó recolocar a las tres personas en un vuelo que despegaba inmediatamente después buscando entre el pasaje algunos voluntarios que se encargase de guiar a cada uno de ellos en caso de emergencia, pero, de nuevo, los tres se quedaron en tierra, junto al resto del pasaje, ya que el vuelo fue cancelado por causas meteorológicas.
Las mismas fuentes aseguraron que la compañía ha modificado su manual de operaciones a raíz de la entrada en vigor el pasado año 2007 del Reglamento comunitario 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo, por lo que "una situación como ésta no podría volver a darse" en un avión de la compañía.
Piden un euro de indemnización
Tanto Cermi como CNSE afirmaron ser conscientes de que el incidente ocurrido en 2004 con Air Nostrum "no es excepcional" sino que es una limitación a la que tienen que enfrentarse en su vida cotidiana las personas con discapacidad cuando pretenden coger un avión, por lo que la indemnización que solicitan es "meramente simbólica", de un euro para cada uno de los perjudicados y que, en lo sucesivo, se dejen de incurrir en este tipo de situaciones.