“El matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos, y podrá disolverse por mutuo disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges, con alegación en este caso de justa causa”.
Así reza parte del Artículo 43 de la Constitución de 1931 en el que se habla del matrimonio y la familia. El 16 de octubre de 1931, con el Gobierno de la República, se aprobaba en el Congreso la posibilidad de divorciarse.
Fue una medida popular, además de una de las más progresistas en aquel momento. Se aprobó en las Cortes en 1932 con 260 votos a favor y 23 en contra, y una férrea oposición de la derecha católica.
Casi siete años estuvo vigente esta
Ley del Divorcio hasta que en 1939 fue derogada por Franco. Tras el franquismo, el primer divorcio no se produjo hasta el
7 de septiembre de 1981 en Santander, horas después de entrar en vigor –de nuevo– la Ley del Divorcio.